Resolución 213/SETECI/2013 - Déjase sin efecto el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Funcionamiento entre el Gobierno del Ecuador y la ONG 'Flower Label Program (FLP)'
Número de Boletín | 128 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Secretaría Técnica de Cooperación Internacional |
Fecha de la disposición | 23 de Octubre de 2013 |
Eco. Gabriela Rosero Moncayo
SECRETARIA TÉCNICA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, establece en el Título III de las Relaciones Internacionales, Capítulo Primero, Principios de las Relaciones Internacionales, artículo 416 que: "Las relaciones del Ecuador con la comunidad internacional responderán a los intereses del pueblo ecuatoriano, al que le rendirán cuenta sus responsables y ejecutores".
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 699, de 30 de octubre de 2007, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 206, de 07 de noviembre de 2007, se crea la Agencia Ecuatoriana de Cooperación Internacional (AGECI) como una entidad pública, desconcentrada, con gestión técnica, administrativa y financiera propias, adscrita a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, encargada de la implementación de las estrategias generales de cooperación internacional, las políticas y reglamentos de gestión y desarrollo y aplicación de instrumentos de gestión del Sistema Ecuatoriano de Cooperación Internacional;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 429, de 15 de julio de 2010, publicado en el Registro Oficial No. 246, de 29 de julio de 2010, cambia la denominación de "Agencia Ecuatoriana de Cooperación Internacional (AGECI)", por la de "Secretaría Técnica de Cooperación Internacional (SETECI)";
Que, a través Decreto Ejecutivo No. 812, de 05 de julio de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 495, de 20 de julio de 2011, se reforma el Sistema Ecuatoriano de Cooperación Internacional; la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional pasa a ser entidad adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración; actualmente Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 16, de 04 de junio de 2013, publicado en el Registro Oficial No. 19, de 20 de junio de 2013, se expide el Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas, en la sección VII, se establece la competencia, facultades y atribuciones de la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional, para...
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