Decretos 1357. Ratifícase la Enmienda del Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono

Número de Boletín838
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Fecha de la disposición12 de Noviembre de 2012

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que en la Décimo Primera Reunión de las Partes en el Convenio de Montreal, celebrada en Beijing del 29 de noviembre al 3 de diciembre de 1999, se resolvió aprobar nuevas enmiendas al Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono;

Que el artículo 418 de la Constitución de la República establece que al Presidente de la República le corresponde suscribir o ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales;

Que el Pleno de la Corte Constitucional en sesión extraordinaria efectuada el 17 de octubre de 2012, se pronunció en el sentido de que la "Enmienda del Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono" no requiere de aprobación legislativa previa por parte de la Asamblea Nacional;

Que de conformidad con el segundo inciso del artículo 418 de la Constitución de la República, el Presidente de la República notificó con Oficio No. T.6378-SNJ-12-1223, de fecha 22 de octubre de 2012, a la Asamblea Nacional el contenido de las modificaciones al antes mencionado tratado internacional; y,

En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República,

Decreta:

Artículo Primero Ratifíquese la Enmienda del Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan...

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