Resoluciones SC-DSC-2013-005. Resolución SC-DSC-2013-005 - Refórmase el Reglamento para la aplicación de sanciones por falta de envío de información prevista en la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos

Número de Boletín5
SecciónResoluciones
EmisorSuperintendencia de Compañías
Fecha de la disposición14 de Mayo de 2013

Ab. Suad Manssur Villagrán

SUPERINTENDENTA DE COMPAÑÍAS

Considerando:

Que el artículo 213 de la Constitución de la República establece que las Superintendencias son organismos técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.

Que el artículo 76 de la Constitución de la República ordena que en todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso.

Que el artículo 173 de la Constitución de la República prescribe que los actos administrativos de cualquier autoridad del Estado podrán ser impugnados tanto en la vía administrativa como ante los correspondientes órganos de la Función Judicial.

Que el artículo 82 de la misma Carta Magna reconoce el derecho a la seguridad jurídica, que se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes.

Que el artículo innumerado agregado a continuación del artículo 3 de la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos dispone que, entre otros, son sujetos obligados a informar a la Unidad de Análisis Financiero (UAF), a través de la entrega de los reportes previstos en el...

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