Resoluciones. EPCE EP-LIQUIDACIÓN-2019-019 Expídese y apruébese la proyección de ingresos y gastos, por un monto de US$ 7.849.350,00

Número de Boletín129
SecciónResoluciones
EmisorEMPRESA PÚBLICA CEMENTERA DEL ECUADOR EPCE EP EN LIQUIDACIÓN
24 – Lunes 27 de enero de 2020 Registro O cial Nº 129
JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA Y FINANCIERA.- SECRETARÍA
ADMINISTRATIVA.- Quito, 03 de enero de 2020.- Es
copia del documento que reposa en los archivos de la
Junta.- Lo certi co.- f.) Ab. Ricardo Mateus Vásquez.
EMPRESA PÚBLICA CEMENTERA DEL
ECUADOR EPCE EP EN LIQUIDACIÓN
No. EPCE EP-LIQUIDACIÓN-2019-019
Rafael Antonio Tamayo Rodríguez
LIQUIDADOR
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
del Ecuador prescribe: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.”;
Que, el artículo 233 de la Constitución de la República
del Ecuador prevé: “Ninguna servidora ni servidor
público estará exento de responsabilidades por los actos
realizados en el ejercicio de sus funciones o por omisiones,
y serán responsable administrativa, civil y penalmente por
el manejo y administración de fondos, bienes o recursos
públicos. (…)”;
Que, el artículo 315 de la Constitución contempla: “El
Estado constituirá empresas públicas para la gestión de
sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos,
el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o
de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades
económicas.
Las empresas públicas estarán bajo la regulación y el
control especí co de los organismos pertinentes, de
acuerdo con la ley; funcionarán como sociedades de
derecho público, con personalidad jurídica, autonomía
nanciera, económica, administrativa y de gestión, con
altos parámetros de calidad y criterios empresariales,
económicos, sociales y ambientales. (…)”;
Que, el Código Orgánico de Plani cación y Finanzas
Públicas en el artículo 74 numeral 6 dispone como una
de las atribuciones del Sistema Nacional de Finanzas
Públicas SINFIP establece: “Dictar las normas,
manuales, instructivos, directrices, clasi cadores,
catálogos, glosarios y otros instrumentos de cumplimiento
obligatorio por parte de las entidades del sector público
para el diseño, implantación y funcionamiento del SINFIP
y sus componentes;” en armonía con él con el Acuerdo
Ministerial No. 090, el Ministerio de Finanzas expidió la
Norma Técnica para regular la elaboración y aprobación
de la empresas públicas de la Función Ejecutiva.
Que, la Empresa Pública Cementera del Ecuador EPCE
EP, fue creada mediante Decreto Ejecutivo No. 207 de 07
de enero de 2010, publicado en el Registro O cial No.
114 de 22 de enero de 2010, siendo su objeto principal
la industrialización, distribución y comercialización
de cemento, cales, calizas, y demás materia prima
relacionada; la fabricación de derivados de los mismos y
de otros materiales de construcción; así como, la inversión
en acciones o participaciones sociales en otras empresas
nacionales o extranjeras, del sector público o privado y
empresas mixtas;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 891 de 09 de
octubre de 2019, la Presidencia de la República, dispuso
la extinción de la Empresa Pública Cementera del
Ecuador EP (EPCE) previo el correspondiente proceso
de liquidación, observando la Ley Orgánica de Empresas
Públicas, subsidiariamente la Ley de Compañías y, las
disposiciones del Directorio en lo que fueren aplicables;
Que, en la Disposición Transitoria Primera del Decreto
Ejecutivo mencionado en el párrafo anterior, se dispuso
al Directorio, dentro del plazo de 10 días contados a
partir de la fecha de su suscripción, designar al liquidador
correspondiente;
Que, mediante Resolución No. DIRE 02-06-2019 de fecha
18 de octubre de 2019, resuelve designar al señor Mgs.
Rafael Antonio Tamayo Rodríguez como Liquidador
de la Empresa Pública Cementera del Ecuador EP en
Liquidación, sobre la base de la documentación presentada
por el señor Presidente del Directorio, quien deberá
desempeñar sus funciones en los términos previstos en la
Constitución de la República, la Ley Orgánica de Empresas
Públicas, subsidiariamente la Ley de Compañías y las
demás disposiciones de ordenamiento jurídico vigente;
Que, el artículo 4 de la Resolución No. DIRE 02-06-
2019 del Directorio de EPCE EP EN LIQUIDACIÓN,
determina: “Disponer al liquidador designado que realice
las gestiones necesarias a n de dar cumplimiento con
el plazo establecido de siete meses para la liquidación
de la Empresa Pública Cementera del Ecuador “En
liquidación”, conforme lo determina la Disposición
Transitoria Primera del Decreto Ejecutivo Nro. 891 de 9
de octubre de 2019 (…)”;
Que, el artículo 59 de la Ley Orgánica de Empresas
Públicas, en los numerales 1 y 3 establece las siguientes
atribuciones del liquidador: “1. Representar a la empresa
pública, legal, judicial y extrajudicialmente, para los
nes de la liquidación; (…) 3. Realizar las operaciones
empresariales pendientes y las nuevas que sean necesarias
para la liquidación de la empresa”;
Que, mediante o cio No. 11731 de 14 de agosto de
2017, el Procurador General del Estado emitió el criterio

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