Resoluciones. EPCE EP-LIQUIDACIÓN-2020-001 Apruébese y expídese el Reglamento para la Enajenación de Activos

Número de Boletín129
SecciónResoluciones
EmisorEMPRESA PÚBLICA CEMENTERA DEL ECUADOR EPCE EP EN LIQUIDACIÓN
Lunes 27 de enero de 2020 – 27Registro O cial Nº 129
el ejercicio del presente año scal hasta la extinción de la
empresa conforme el Decreto Ejecutivo No. 891, de 9 de
octubre de 2019.
Artículo 3.- S uscribir el convenio de excedentes
correspondiente al ejercicio económico 2019 por un valor
de USD$ 0.00
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- Encárguese a la Gerencia Administrativa
Financiera la ejecución de la presente Resolución.
SEGUNDA.- Póngase en conocimiento al Ministerio de
Economía y Finanzas, ente rector de la materia, y a los
miembros del Directorio de la empresa.
TERCERA.- La presente resolución, entrará en vigencia
a partir del 2 de enero de 2020, sin perjuicio de su
publicación en el Registro O cial.
Dado en el despacho del Liquidador de la Empresa Pública
Cementera del Ecuador en Liquidación, en la ciudad de
Quito, a los 27 días de diciembre de 2019.
f.) Rafael Antonio Tamayo Rodríguez, Liquidador,
Empresa Pública Cementera del Ecuador EPCE EP, En
Liquidación.
EPCE.-EMPRESA PÚBLICA CEMENTERA DEL
ECUADOR.- Este documento es el copia del original.-
Fecha: 06 de enero de 2020.- f.) Ilegible.
EMPRESA PÚBLICA CEMENTERA DEL
ECUADOR EPCE EP EN LIQUIDACIÓN
No. EPCE EP-LIQUIDACIÓN-2020-001
Rafael Antonio Tamayo Rodríguez
LIQUIDADOR
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
del Ecuador prescribe: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.”;
Que, el artículo 233 de la Constitución de la República
del Ecuador prevé: “Ninguna servidora ni servidor
público estará exento de responsabilidades por los actos
realizados en el ejercicio de sus funciones o por omisiones,
y serán responsable administrativa, civil y penalmente por
el manejo y administración de fondos, bienes o recursos
públicos. (…)”;
Que, el artículo 315 de la Constitución contempla: “El
Estado constituirá empresas públicas para la gestión de
sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos,
el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o
de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades
económicas.
Las empresas públicas estarán bajo la regulación y el
control especí co de los organismos pertinentes, de
acuerdo con la ley; funcionarán como sociedades de
derecho público, con personalidad jurídica, autonomía
nanciera, económica, administrativa y de gestión, con
altos parámetros de calidad y criterios empresariales,
económicos, sociales y ambientales. (…)”;
Que, la Empresa Pública Cementera del Ecuador EPCE
EP, fue creada mediante Decreto Ejecutivo No. 207 de 07
de enero de 2010, publicado en el Registro O cial No.
114 de 22 de enero de 2010, siendo su objeto principal
la industrialización, distribución y comercialización
de cemento, cales, calizas, y demás materia prima
relacionada; la fabricación de derivados de los mismos y
de otros materiales de construcción; así como, la inversión
en acciones o participaciones sociales en otras empresas
nacionales o extranjeras, del sector público o privado y
empresas mixtas;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 891 de 09 de
octubre de 2019, la Presidencia de la República, dispuso
la extinción de la Empresa Pública Cementera del
Ecuador EP (EPCE) previo el correspondiente proceso
de liquidación, observando la Ley Orgánica de Empresas
Públicas, subsidiariamente la Ley de Compañías y, las
disposiciones del Directorio en lo que fueren aplicables;
Que, en la Disposición Transitoria Primera del Decreto
Ejecutivo mencionado en el párrafo anterior, se dispuso
al Directorio, dentro del plazo de 10 días contados a
partir de la fecha de su suscripción, designar al liquidador
correspondiente;
Que, mediante Resolución No. DIRE 02-06-2019 de fecha
18 de Octubre de 2019, resuelve designar al señor Mgs.
Rafael Antonio Tamayo Rodríguez como Liquidador
de la Empresa Pública Cementera del Ecuador EP En
Liquidación, sobre la base de la documentación presentada
por el señor Presidente del Directorio, quien deberá
desempeñar sus funciones en los términos previstos en la
Constitución de la República, la Ley Orgánica de Empresas
Públicas, subsidiariamente la Ley de Compañías y las
demás disposiciones de ordenamiento jurídico vigente;
Que, el artículo 4 de la Resolución No. DIRE 02-06-
2019 del Directorio de EPCE EP EN LIQUIDACIÓN,
determina: “Disponer al liquidador designado que realice
las gestiones necesarias a n de dar cumplimiento con
el plazo establecido de siete meses para la liquidación
de la Empresa Pública Cementera del Ecuador “En
liquidación”, conforme lo determina la Disposición

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