Fe de Erratas a la publicación de la Resolución Nº 66 efectuada por el Comité de Comercio Exterior, en el Suplemento del Registro Oficial No. 725 de 15 de junio del 2012

Número de Boletín732-Primer Suplemento
SecciónFe de erratas
EmisorComité de Comercio Exterior
Fecha de la disposición15 de Junio de 2012

MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE LA

PRODUCCIÓN EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

Oficio Nro. MCPEC-DESP-2012-1060-O

Quito, D.M., 15 de junio de 2012

Asunto: FE DE ERRATAS

Señor

Hugo Del Pozo Barrezueta

Director del Registro Oficial

REGISTRO OFICIAL

En su Despacho

De mi consideración:

En mi calidad de Secretario Técnico del Comité de Comercio Exterior, COMEX, me permito informar a usted, de un error de tipeo en segundo párrafo del artículo 1 de la Resolución N° 66 del COMEX, publicada en el Suplemento al Registro Oficial N° 725 de viernes 15 de junio de 2012.

Con este antecedente, me permito solicitar se publique una Fe de Erratas que permita subsanar el siguiente error de tipeo:

Donde dice:

Por tratarse de una restricción amparada en las normas excepcionales del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de la OMC, (GATT), de la Comunidad Andina y del Tratado de Montevideo de 1980, invocadas en los considerandos de esta resolución, todas las importaciones de celulares provenientes de cualquier país deberán cumplir con la restricción cuantitativa impuesta, incluidas las provenientes de aquellos países con los que Ecuador mantiene acuerdos comerciales.

.

Debe decir:

Por tratarse de una restricción amparada en las normas excepcionales del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de la OMC, (GATT), de la...

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