Cantón Esmeraldas: Que regula la implantación de estaciones base celular, centrales fijas y de base de los servicios móvil avanzado

Número de Boletín100-Tercer Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición 5 de Septiembre de 2013

EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON ESMERALDAS

Considerando

Qué, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 14 y el numeral 27 del Art. 66 de la Constitución del Ecuador, reconocen y garantizan a las personas el derecho a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado libre de contaminación y en armonía con la naturaleza;

Qué, el Art. 240 de la Constitución de la República del Ecuador confiere a los Gobiernos Municipales facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales;

Qué, el numeral 2 del Art. 264 de la Constitución de la República del Ecuador confiere a los Gobiernos Municipales la competencia exclusiva de ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;

Qué, el Art. 313 de la constitución de la República de Ecuador considera a las telecomunicaciones y al espectro radioeléctrico como sectores estratégicos; de decisión y control exclusivo del Estado.

Qué, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización (COOTAD) en el literal m del Art. 54 corresponde a los Gobiernos Autónomos y Descentralizados Municipales "Regular y controlar el uno del espacio público cantonal y de manera particular, el ejercicio de tipo de actividad que se desarrolle en la colocación de redes o señalización.

Que, el Acuerdo Ministerial No. 068 del Ministerio del Ambiente, publicada en el Registro Oficial No. 33 del 31 de julio de 2013, determina los lineamientos de categorización de toda actividad incluyendo el de la implantación de estaciones base celular como categoría II de bajo impacto ambiental.

Que, el Art. 567 en el segundo inciso, obliga a que las empresas públicas o privadas que utilicen u ocupen el espacio público o la vía pública y el espacio aéreo estatal regional, provincial o municipal, para colocación de estructuras, postes y tendido de redes, pagarán al gobierno autónomo descentralizado respectivo la tasa o contraprestación por dicho uso u ocupación.

Que, mediante sesiones ordinarias realizadas los días viernes 5 de abril del 2013 y lunes 8 de abril del 2013, en primero y segundo debate, respectivamente, el Concejo Municipal, aprobó la Ordenanza que Regula la Implantación de Estaciones Radioeléctricas Centrales Fijas y de Base de los Servicios Móvil Terrestre de Radio Comunicaciones y Fijación de Tasas correspondiente a la Utilización u Ocupación del Espacio Público o Vía Pública y el Espacio Aéreo en el Cantón Esmeraldas, la misma que requiere de cambios fundamentales, legales y técnicos, para permitir su correcta aplicación, por lo que en uso de las facultades que le atribuye el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización COOTAD:

Expide

LA ORDENANZA QUE REGULA LA IMPLANTACION DE ESTACIONES BASE CELULAR, CENTRALES FIJAS Y DE BASE DE LOS SERVICIOS MOVIL AVANZADO, EN EL CANTON ESMERALDAS.

Art. 1 Objeto, Sujetos, Ámbito y Alcance de Aplicación de esta Ordenanza.-

Objeto.- Esta ordenanza tiene por objeto autorizar, regular, controlar y sancionar la implantación de estructuras fijas para la instalación de estaciones base celular del servicio móvil avanzado en el territorio del Cantón Esmeraldas.

Sujetos.-Se sujetaran a estas disposiciones, las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, en general denominados operadores que cuenten con sus respectivos títulos habilitantes emitidos por la Secretaria Nacional de Telecomunicaciones.

Ámbito.- Las disposiciones de esta ordenanza, se aplicaran en todo el territorio del Cantón Esmeraldas,

Alcances.- Las disposiciones y normas de esta ordenanza, regulan:

Implantación de las estructuras de soporte de las estaciones base celular del servicio móvil avanzado.

Condiciones a las que deben someterse las construcciones, instalaciones, readecuaciones, de las estructuras de soporte de estaciones base celular del servicio móvil avanzado.

Art. 2 Definiciones.-

Para la comprensión y aplicación de esta ordenanza se define lo siguiente:

Antena: elemento radiante especialmente diseñado para la recepción y/o transmisión de las ondas radioeléctricas.

Área de Infraestructura: aquellas a las que se encuentran circunscritas las instalaciones y equipos utilizados para establecer la comunicación en el servicio móvil avanzado.

Licencia Ambiental: Acto administrativo que proviene de la aprobación de la Ficha Ambiental emitido por el Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación responsable si existiera, la misma que determinará el cumplimiento y conformidad de elementos de la normativa ambiental aplicable.

CONATEL: Consejo Nacional de Telecomunicaciones.

Cuarto de equipos (recinto contenedor): Habitáculo en cuyo interior se ubican elementos o equipo pertenecientes a una red de telecomunicaciones.

Estación Base Celular o Radio Base: uno o más transmisores o receptores, o una combinación de transmisores y receptores, incluyendo las instalaciones accesorias necesarias para asegurar la prestación de servicio móvil avanzado.

Estructuras Fijas de Soporte: Termino genéricos para referirse a torres, torretas, mástiles, monopolos, soporte en edificaciones, en las cuales se instalan antenas y equipos de telecomunicaciones para la prestación del servicio móvil avanzado.

Ficha Ambiental: estudios técnicos que proporcionan antecedentes para la predicción e identificación de aspectos e impactos ambientales y las medidas ambientales a aplicarse para la implantación de estaciones base celular fijas del SMA.

Infraestructura compartida: Ubicación compartida en un mismo sitio, para la colocación de infraestructura de telecomunicaciones de diversas operadoras que brindan el servicio móvil avanzado.

Implantación: Se entenderá a la ubicación, fijación, colocación o inserción de estructuras de soportes de las estaciones base celular, para el servicio móvil avanzado sobre un terreno...

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