Resoluciones 005/16. Establécense las normas para la identificación de las embarcaciones de bandera ecuatoriana

Número de Boletín877
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2016

CALM Mauricio Alvear Oramas

DIRECTOR NACIONAL DE LOS ESPACIOS

ACUÁTICOS

Considerando:

Que, de conformidad con las normas establecidas en el Reglamento a la Actividad Marítima, en el capítulo II referente a las matrículas de las naves, y el Código de Policía Marítima en lo referente a su identificación, las embarcaciones mercantes nacionales se identifican por su nombre y número de matrícula, los mismos que deben ubicarse en la popa o en las amuras, dependiendo de la clase de nave;

Que, el número de las matrículas de las embarcaciones nacionales se otorga con códigos establecidos, en consideración a la Capitanía del Puerto de registro, la clase de naves y el servicio que brindan;

Que, con motivo del incremento de actividades ilícitas en el mar, como la salida ilegal de ciudadanos del país, contrabando, tráfico de estupefacientes y de armas, etc., se ha determinado que existen naves que tienen nombres iguales, y en muchos casos realizan la misma actividad, a consecuencia de lo cual, Armadores que no están...

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