Resoluciones MTOP-SPTM-2018-0030-R. Establécense los requisitos que deben cumplir los buques pesqueros atuneros industriales, para almacenar combustible para su operación en las cubas de pesca también llamadas de doble propósito

Número de Boletín265
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
Martes 19 de junio de 2018 – 31Registro Of‌i cial Nº 265
de la Iniciativa Privada, expresa: “Cuando la importancia
económica o geográf‌i ca de la zona o la conveniencia
institucional lo requiera, los máximos personeros de las
instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u
of‌i cios que sean necesarios para delegar sus atribuciones”.
En concordancia con el artículo 55 del Estatuto del
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,
que indica: “Las atribuciones propias de las diversas
entidades y autoridades de la Administración Pública
Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u
órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren
prohibidas por Ley o por Decreto. La delegación será
publicada en el Registro Of‌i cial.”;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 020 del 12 de abril
de 2012, se desconcentran las competencias y atribuciones,
productos y responsabilidades de la SPTMF, a las
Direcciones Provinciales, las mismas que serán ejecutadas
por equipos de trabajo ubicados en las dependencias de
las Autoridades Portuarias correspondientes a los puertos:
Puerto Bolívar, Manta, Esmeraldas y en Galápagos Puerto
Baquerizo Moreno y Puerto Ayora; y, otros espacios
geográf‌i cos donde se desarrolle la actividad portuaria,
marítima y f‌l uvial, en función de las prioridades que
establezca la SPTMF;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 039 de 13 de mayo
de 2013 se modif‌i ca el Art. 1 del Acuerdo Ministerial
Nro. 020 del 12 de abril de 2012, de la siguiente manera:
“Desconcentrar las competencias, atribuciones, productos
y responsabilidades de la Subsecretaría de Puertos y
Transporte Marítimo y Fluvial (SPTMF), a nivel de
territorios donde se ejecutan las actividades: portuarias,
marítima y f‌l uvial”;
Que, mediante Acción de Personal No. 00306, de 20 de
junio de 2017, se nombra al Ing. Hugo Fernando Rodas
Cornejo, Subsecretario de Puertos y Transporte Marítimo y
Fluvial de esta Cartera de Estado;
Que, mediante Acuerdo Ministerial 001-2018 de 29 de
enero de 2018 se crea la of‌i cina técnica desconcentrada
para la Administración Portuaria de Puerto Providencia,
ubicada en la provincia de Sucumbíos, cantón Shushuf‌i ndi,
parroquia Limoncocha, sitio Nueva Providencia; y,
Que, la Ing. Iris Katiuska Ponce Choez, fue contratada por el
MTOP mediante Contrato de Servicios Ocasionales No.003
de 02 de enero de 2018, como Analista de Fortalecimiento
del Transporte Marítimo y Fluvial 2;
En uso de su facultad contemplada en las leyes y
reglamentos, en especial en el Decreto Ejecutivo No. 723,
Resuelve:
Art. 1.- DELEGAR a la Ing. Iris Katiuska Ponce Choez,
Analista de Fortalecimiento del Transporte Marítimo
y Fluvial 2, para proceder a legalizar los documentos
emitidos relacionados con los productos desconcentrados
mediante Acuerdo Ministerial Nro. 001-2018 de 29 de
enero 2018, en la of‌i cina técnica desconcentrada para la
Administración Portuaria de Puerto Providencia, ubicada en
la provincia de Sucumbíos, cantón Shushuf‌i ndi, parroquia
Limoncocha, sitio Nueva Providencia.
Art. 2.- la Ing. Iris Katiuska Ponce Choez, Analista de
Fortalecimiento del Transporte Marítimo y Fluvial 2, será
la única responsable por las actuaciones que realice en el
ejercicio de la delegación de atribuciones otorgadas en el
presente instrumento.
Art. 3.- Del cumplimiento de la presente delegación,
encárguese la Ing. Iris Katiuska Ponce Choez; el
incumplimiento de las disposiciones emanadas de la
presente resolución será sancionado de conformidad con la
ley, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas,
civiles o penales a que hubiere lugar.
Art. 4.- El Subsecretario de Puertos y Transporte Marítimo
y Fluvial, podrá en cualquier momento, realizar la
avocación de la atribución, sin necesidad de la suscripción
de documento alguno, particular que será puesto en
conocimiento del funcionario delegado.
Art. 5.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir
de su suscripción.
Dada y f‌i rmada en Guayaquil, en el despacho del señor
Subsecretario de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial,
el dos de abril del dos mil dieciocho.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Ing. Hugo Fernando Rodas Cornejo, Subsecretario de
Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial.
CERTIFICO: Que la copia que antecede es conforme
a su original.- Lo certif‌i co.- Guayaquil, 27 de abril de
2018.- f.) Ab. Carola Rivera Dolberg, Secretaria Ad-Hoc.
Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS
Nro. MTOP-SPTM-2018-0030-R
Guayaquil, 03 de abril de 2018
LA SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y
TRANSPORTE MARÍTIMO Y FLUVIAL
Considerando:
del Ecuador, dispone: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
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