Resoluciones NAC-DGERCGC17-00000110. Establécese el procedimiento para otorgar la exención, reducción o rebaja especial del Impuesto Anual sobre la Propiedad de Vehículos Motorizados (IPVM)
Número de Boletín | 946-Segundo Suplemento |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Servicio de Rentas Internas |
Jueves 16 de febrero de 2017 – 19Registro Ofi cial Nº 946 – Segundo Suplemento
Que en atención a las circunstancias descritas en el
considerando anterior, se fi jó para el 02 de febrero de
2017 el inicio del proceso de instalación de los equipos de
identifi cación y marcaje en la empresa Cervecería Nacional
CN S.A., proceso que requería de tres semanas conforme
a las directrices específi cas del sistema SIMAR, lo cual
se traduce en un retraso de diez días en el cumplimiento
de los plazos señalados en la Resolución No. NAC-
DGERCGC16-00000455;
Que el servicio de identifi cación, marcación, autentifi cación,
rastreo y trazabilidad fi scal requiere de una solución integral
para obtener información respecto de la producción,
comercialización y datos de relevancia tributaria de los
productos objeto de control a través del SIMAR;
Que en atención a lo señalado, y con la fi nalidad de no
afectar el principio de generalidad previsto en el artículo
300 de la Constitución de la República del Ecuador y de
igualdad previsto en el artículo 5 del Código Tributario,
esta Administración Tributaria considera necesario
ampliar los plazos previstos en la Resolución No. NAC-
DGERCGC16-00000455 publicada en el Suplemento del
Registro Ofi cial No. 878 de 10 de noviembre de 2016 y sus
reformas, con la fi nalidad de una adecuada implementación
del SIMAR, sin que ello implique que, de persistir dicho
incumplimiento por parte de Cervecería Nacional CN S.A.,
se amplíen nuevamente estos plazos, pudiendo en tal caso,
aplicar otras medidas previstas en la normativa tributaria
vigente;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 del Código
Creación del Servicio de Rentas Internas, es facultad del
Director General del Servicio de Rentas Internas expedir las
resoluciones, circulares o disposiciones de carácter general
y obligatorio necesarias para la aplicación de las normas
legales y reglamentarias;
Que es deber de la Administración Tributaria a través
del Director General del Servicio de Rentas Internas
expedir los ajustes a las normas para la implementación
del Sistema de Identifi cación, Marcación, Autenticación,
Rastreo y trazabilidad fi scal necesarias para facilitar la
implementación por parte de los contribuyentes del SIMAR,
de conformidad con la ley; y,
En ejercicio de sus facultades legales,
Resuelve:
Modifi car la Resolución No. NAC-
DGERCGC16-00000455 publicada en el Suplemento
del Registro Ofi cial No. 878 de 10 de noviembre de
2016, que establece las normas de operación del
Sistema de Identifi cación, Marcación, Autentifi cación,
Rastreo y Trazabilidad Fiscal (SIMAR) y sus reformas
Artículo Único.- Realícense las siguientes reformas en la
Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000455 publicada
en el Suplemento del Registro Ofi cial No. 878 de 10 de
noviembre de 2016 y sus reformas:
1. En el artículo 22:
a) En el primer inciso, sustitúyase “13 de febrero” por “23
de febrero”.
b) En el segundo inciso, sustitúyase “30 de junio” por “10
de julio”; y, “1 de julio” por “11 de julio”.
2. En el artículo 28:
a) En el primer inciso, sustitúyase “13 de febrero” por “23
de febrero”.
b) En el segundo inciso, sustitúyase “1 de julio” por “11 de
julio”.
3. En la tabla incluida en la Disposición Transitoria
Primera:
a) Sustitúyase “Desde el 15 de febrero al 1 de marzo de
2017” por “Desde el 1 al 31 de marzo 2017”.
b) En el último inciso sustitúyase “artículo de la presente”
por “artículo 6 de la presente”.
4. En la Disposición Transitoria Segunda, sustitúyase
“durante el mes de febrero de 2017” por “hasta el 28 de
febrero de 2017”.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará
en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Ofi cial.
Comuníquese y publíquese.
Quito, D. M., a 09 de febrero de 2017.
Dictó y fi rmó la Resolución que antecede, el Economista
Leonardo Orlando Arteaga, Director General del Servicio
de Rentas Internas, en Quito D. M., a 09 de febrero de 2017.
Lo certifi co.
f.) Dra. Alba Molina P., Secretaria General, Servicio de
Rentas Internas.
No. NAC-DGERCGC17-00000110
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO
DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
Que el artículo 83 de la Constitución de la República del
Ecuador establece que son deberes y responsabilidades
de los habitantes del Ecuador acatar y cumplir con la
Constitución, la ley y las decisiones legítimas de autoridad
competente, cooperar con el Estado y la comunidad en la
seguridad social y pagar los tributos establecidos por la ley;
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