Acuerdos 054. Refórmase el Estatuto de la Corporación ECOPAR

Número de Boletín17
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Ambiente
Fecha de la disposición20 de Mayo de 2013

EL MINISTERIO DEL AMBIENTE

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el Artículo 66, numeral 13, reconoce y garantiza a las personas: "El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma libre y voluntaria";

Que, a través del Decreto Ejecutivo Nº 339, publicado en el Registro Oficial Nº 77 del 30 de noviembre de 1998, el Presidente de la República, delegó a cada Ministro de Estado, la facultad para que de acuerdo al ámbito de su competencia, apruebe y reforme los Estatutos de las organizaciones pertinentes;

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 250 de fecha 30 de diciembre de 2010, publicado en el Registro Oficial N° 394 del 28 de febrero del 2011, la Ministra del Ambiente, facultó al Coordinador General de Asesoría Jurídica varias de sus funciones, entre las que consta en el Art.1, literal d) "Aprobar los Estatutos de corporaciones, fundaciones y asociaciones vinculadas a los ámbitos de competencia de este Ministerio y sus respectivas reformas; al igual que disolver, de forma motivada, las corporaciones, fundaciones y asociaciones conforme a la causales previstas en el Estatuto Social de cada organización";

Que, en esta Cartera de Estado, se ha presentado la solicitud y documentación requerida para la aprobación de la reforma al Estatuto de la Corporación "ECOPAR", con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha.

Que, la doctora Doris Jaramillo, funcionaria de la Coordinación General Jurídica de esta Cartera de Estado, mediante memorando No. MAE-CGJ-2013-0847, del 10 de mayo de 2013, informa sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Capítulo VI, Art. 12 del Decreto Ejecutivo N. 3054, publicado en el Registro Oficial N°. 660 de 11 de septiembre del 2002, y Art. 6 del Decreto Ejecutivo N° 982, publicado en el Registro Oficial N° 311 del 08 de abril de 2008, para reformar el estatuto social, las mismas que fueron discutidas y aprobadas en Asamblea General de miembros, celebrada el día 22 de octubre de 2012.

En uso de las atribuciones establecidas en el numeral primero del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador; de los Decretos Ejecutivos N° 3054, publicado en el Registro Oficial Nº 660 del 11 de septiembre de 2002 y Nº 982, publicado en el Registro Oficial Nº 311 del 08 de abril de 2008.

Acuerda:

Art. 1 Aprobar la reforma al Estatuto de la Corporación "ECOPAR", las mismas que irán en negrilla y son las siguientes:

REFORMAS AL ESTATUTO:

1) Sustitúyase el título de CAPITULO PRIMERO por el siguiente: CAPITULO I: NOMBRE, DOMICILIO Y NATURALEZA JURÍDICA

2) Sustitúyase el Artículo uno por el siguiente: ART. 1.- Razón Social.- La Corporación se denomina "ECOPAR", en este estatuto se le mencionará en lo posterior simplemente como "la Corporación".

3) Sustitúyase el

Artículo dos

por el siguiente: ART. 2.- Domicilio.- La Corporación tiene su domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, República del Ecuador.

4) Sustitúyase el

Artículo tres

por el siguiente: ART. 3.- Naturaleza Jurídica.- La Corporación es una persona jurídica de derecho privado, sin fin de lucro. La Corporación podrá realizar toda clase de actividades, ejecutar actos y suscribir convenios y contratos permitidos por las leyes. Por su naturaleza, la Corporación no intervendrá en asuntos de carácter político, sindical, racial o religioso. La Corporación no puede desarrollar actividades comerciales, ocupar el espacio público, ni realizar actividades lucrativas en general u otras prohibidas por la ley o contrarias al orden público y a las buenas costumbres. Se rige por el presente estatuto social, sus reglamentos y las disposiciones del Título XXX del Libro I de la Codificación del Código Civil.

5) Sustitúyase el CAPITULO SEGUNDO por el siguiente: CAPÍTULO II: OBJETIVOS, FINES ESPECÍFICOS Y FUENTES DE INGRESOS

6) Sustitúyase el

Artículo cuatro

por el siguiente: ART. 4.- Objetivos.- Los objetivos de la Corporación son:

  1. Promover la investigación relacionada con el medio ambiente

  2. Difundir conocimientos sobre el correcto manejo de bosques, vegetación y áreas naturales.

  3. La protección del medio ambiente, la preservación y conservación de la naturaleza.

7) Sustitúyase el

Artículo cinco

por el siguiente: ART. 5.- Fines Específicos.- Son fines específicos de la Corporación:

  1. La investigación relacionada con la conservación, protección y restauración de bosques, vegetación y áreas naturales.

  2. La investigación relacionada con la conservación, restauración y el manejo sustentable de ecosistemas tropicales.

  3. La investigación relacionada con los ecosistemas tropicales.

8) Sustitúyase el Artículo seis por el siguiente:

ART. 6 Fuentes de ingresos.- Para el cumplimiento de sus objetivos y fines específicos, la Corporación contará con fuentes de ingresos tales como:
  1. Las donaciones y subvenciones que le sean entregadas; b) Los legados que reciba;

  2. Las rentas de sus bienes y otras provenientes de sus actividades;

  3. Las contribuciones que efectúen sus miembros.

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