Resolución 115 - Refórmase el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos

Número de Boletín38
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Relaciones Laborales
Fecha de la disposición 3 de Julio de 2013

EL MINISTRO DE RELACIONES LABORALES

Considerando:

Que, la Constitución de la República, en su artículo 154, numeral 1, prescribe que "… las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión";

Que, el artículo 227 de este mismo ordenamiento, establece: "La Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación";

Que, la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP), publicada en el segundo suplemento del Registro Oficial No. 294 de 6 de octubre de 2010, en su artículo 51, literal i), determina como una de las competencias del Ministerio de Relaciones Laborales: "Emitir criterios sobre la aplicación de los preceptos legales en materias de remuneraciones, ingresos complementarios y talento humano del sector público, y absolver las consultas que formulen las instituciones señaladas en el artículo 3 de esta ley";

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 00111, publicado en la Edición Especial del Registro Oficial No. 159, de 24 de junio de 2011, el Ministerio de Relaciones Laborales emitió la Reforma Integral al estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, mediante el cual se da cumplimiento a lo establecido en la base legal de creación de esta Cartera de Estado;

Que, el artículo 52, literal b), de esta Ley, determina como una de las atribuciones y responsabilidades de las Unidades de Administración de Talento Humano: "Elaborar los proyectos de estatuto, normativa interna, manuales e indicadores de gestión del talento humano";

Que, el artículo 136 de este Reglamento General de la LOSEP, expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 710 de 24 de marzo de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 418 de 1 de abril del mismo año, prescribe: "Los proyectos de estructuras institucionales y posicionales de las institucionales y organismos de la administración públicas central, institucional y dependiente, previo a su promulgación en el Registro Oficial, serán sometidos al dictamen presupuestario...

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