Resoluciones 070-INDOT-2012. Resolución 070-INDOT-2012 - Apruébanse los parámetros bajo los cuales se evaluará la acreditación de los Bancos de Células Madre en las fases IV y V de este proceso conforme lo recomendado por el Comité Nacional Técnico Científico Asesor de Acreditación de Banco de Sangre de Cordón Umbilical (BSCU) y Centros de Terapia Celular
Número de Boletín | 273 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Ministerio de Salud Pública |
Fecha de la disposición | 22 de Diciembre de 2012 |
Dra. Diana Almeida Ubidia
DIRECTORA EJECUTIVA
INSTITUTO NACIONAL DE DONACIÓN Y
TRASPLANTE DE ÓRGANOS, TEJIDOS Y
CÉLULAS INDOT
Considerando:
Que, la constitución política del Ecuador en su Art. 32 establece que "La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos.... La prestación de los servicios de salud se regirán por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética con enfoque de género y generacional"
Que, el Art. 6 de la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células establece: "Los órganos, tejidos y células, independientemente del lugar de su ablación o extirpación, una vez obtenidos de acuerdo a las normas de la presente Ley, son responsabilidad de la Autoridad Sanitaria Nacional, incluyendo su adecuado uso."
Que, el Art. 50 de la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células establece que "los bancos de tejidos y/o células garantizarán que todos los procedimientos asociadas con su obtención, procesamiento, transporte, almacenamiento y distribución se encuentren documentados en manuales de procedimientos y se ajusten a las normativas internacionales y requisitos establecidos por la Autoridad Sanitaria Nacional."
Que, el Art. 51 de la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células establece" todo el personal de los bancos de tejidos y/o células que intervengan en las diferentes actividades relacionadas con la obtención, procesamiento, preservación, almacenamiento y distribución de células y tejidos deberá ser acreditado para el ejercicio de sus actividades. Su perfil, funciones y responsabilidades serán los previstos en el reglamento respectivo."
Que, el Art. 52 de la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células señala que se podrán realizar en el país los tratamientos con células progenitoras, no embrionarias ni fetales, hematopoyéticas provenientes de la médula ósea, sangre periférica y cordón umbilical para el tratamiento de patologías, cuya eficacia haya sido comprobada y sean debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria Nacional.
Que, el Art 53. De la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células establece que la Autoridad Sanitaria Nacional controlará y regulara el uso, investigación y aplicación de células madre adultas, provenientes de sangre cordón umbilical del recién nacido, médula ósea, o cualquier...
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