Acuerdos DM-2013-038. Expídense las condiciones y términos de uso del Registro Único de Actores Culturales, RUAC.

Número de Boletín942
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición 9 de Abril de 2013

LA MINISTRA DE CULTURA

Considerando:

Que el artículo 22 de la Constitución de la República, establece que las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse de la protección de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas, literarias o artísticas de su autoría.

Que el artículo 377 de la Constitución de la República, dispone que el sistema nacional de cultura tiene como finalidad fortalecer la identidad nacional; proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales; y salvaguardar la memoria social y el patrimonio cultural. Se garantiza el ejercicio pleno de los derechos culturales.

Que el artículo 380 de la Constitución de la República, establece las responsabilidades del Estado respecto a la cultura, como parte del régimen del buen vivir.

Que el Ministerio de Cultura es la entidad rectora que guía el desarrollo de las potencialidades culturales, asumiendo la responsabilidad de formular, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las políticas culturales participativas del Estado, corresponsabilizándose con la satisfacción de las necesidades del desarrollo cultural en la construcción de la sociedad del buen vivir; y, por mandato de Ley, es la máxima autoridad del área cultural.

Que mediante Memorandos Nro. MC-SAC-2013-0153-M Y Nro. MC-SAC-2013-0156-M de 4 y 5 de abril de 2013, la Subsecretaria Técnica de Artes y Creatividad solicita a la Coordinación general Jurídica, la elaboración del Acuerdo Ministerial que permita expedir las condiciones y términos de uso del Registro Único de Actores Culturales RUAC.

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO Expedir las condiciones y términos de uso del Registro Único de Actores Culturales RUAC:

El Registro Único de Actores Culturales (RUAC) es un portafolio nacional de artes, culturas y creatividades. Una plataforma de información a nivel territorial que comprende a artistas, gestores culturales, activistas comunitarios, investigadores, académicos, proveedores de servicios culturales. Constituye un inventario de infraestructuras y espacios expositivos públicos, privados y comunitarios,

laboratorios, colectivos y redes de producción, reflexión y circulación cultural.

El RUAC es una herramienta del Estado Ecuatoriano de servicio público, un portafolio nacional de artes, culturas y creatividades para sus mandantes.

Es una herramienta de construcción colectiva. Requiere la participación activa y permanente de las/los actores culturales para la promoción y circulación de proyectos; y, procesos relacionados con las artes, culturas y creatividades; así como las dinámicas de creación, producción e investigación. Además de ser un directorio nacional que facilita la búsqueda de portafolios según el campo de acción, el RUAC consolida una línea base que nos permite conocer el Sistema Nacional de Cultura, coordinado por el Ministerio de Cultura del Ecuador. En definitiva, es un archivo vivo que nutre las políticas sectoriales.

El RUAC activa la proximidad entre las/los actores culturales, las redes sociales y las ciudadanías en general. La promoción y visibilización de las prácticas artísticas y culturales a escala nacional e internacional nos permite hacer una valoración de la oferta cultural desde los territorios y dentro de la geopolítica de creación desde el SUR para el Mundo.

La mirada de las prácticas culturales que propone EL REGISTRO ÚNICO DE ACTORES CULTURALES (RUAC) es abierta. Concibe las artes, las culturas y las creatividades como actividades que no están separadas de otras prácticas y manifestaciones sociales atravesadas por un contexto histórico y social.

Este espacio virtual es de fácil acceso para quienes deseen inscribirse y para las/los interesados en indagar los diferentes aspectos sobre la producción artística y cultural del Ecuador contemporáneo, dentro y fuera de sus fronteras.

CONDICIONES Y TÉRMINOS DE USO

La sola utilización del sitio, atribuye la condición de usuaria/o del Registro Único de Actores Culturales y expresa la aceptación plena del usuaria/o en todos y cada uno de los términos y condiciones en la versión publicada por el Ministerio de Cultura, en el momento mismo en que éste registra su cuenta en el RUAC. En consecuencia, la/el usuario debe leer atentamente los términos y condiciones en el caso de que quiera ser parte de esta plataforma.

Los términos y condiciones podrán ser modificados en todo o en parte por el Ministerio de Cultura, y dichos cambios e implementación serán anunciados a las/los usuarios a partir de su publicación e inserción en el sitio.

EL SERVICIO Y LA INFORMACIÓN

Este servicio tiene por finalidad brindar a la/el usuario y a la ciudadanía en general una plataforma de registro y visibilidad de las dinámicas involucradas en la producción cultural, tanto de sus componentes como de sus actores. En ella se encontrarán dos niveles de información, los mismos que serán provistos por el usuario. El primer nivel de información es de uso público y sirve en cualquier caso para promocionar las actividades culturales de las/los usuarios, sean estos individuos, colectividades o infraestructuras. El segundo nivel de información tiene que ver con un registro que nos permita saber el estado de estas producciones: en términos económicos, de educación, de...

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