Ordenanzas Municipales. Que expide el Reglamento que regula la administración y control del fondo de caja chica del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal

Número de Boletín382-Edición Especial
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición31 de Mayo de 2011

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN GUANO

Considerando:

Que, el artículo 165 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, dispone que las entidades y organismos del sector público pueden establecer fondos de reposición para la atención de pagos urgentes, de acuerdo a las normas técnicas que para el efecto emita el ente rector de las finanzas públicas. La liquidación de estos fondos se efectuará dentro del ejercicio fiscal correspondiente.

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, en los Art. 228, 229, 230 y 251 señala los gastos, áreas y conceptos que deberán utilizarse para realizar los pagos de los diversos pedidos solicitados de acuerdo a las necesidades de la Institución.

Que, de conformidad con las Normas Técnicas de Control Interno 230-06 (Fondos de Reposición); 230-07 (Arqueos sorpresivos de los valores en efectivo); y, 405-08 (Anticipo de Fondos), los gobiernos seccionales pueden establecer valores fijos de caja chica en dinero efectivo por razones de agilidad, para cubrir gastos menores y emergentes que se presenten en la Municipalidad.

Que, es necesario regular la utilización de fondos de caja chica, para los gastos urgentes que se presenten en la GADM - Guano.

En uso de las atribuciones que le confiere la Constitución,

Acuerda:

Expedir el siguiente "REGLAMENTO QUE REGULA LA ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DEL FONDO DE CAJA CHICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN GUANO".

CAPÍTULO I Artículos 1 y 2

DE LA APERTURA

Art. 1 Objetivo.- El fondo fijo de caja chica tiene como finalidad habilitar el pago en efectivo para atender necesidades urgentes que por su valor reducido, no deben ser cubiertas mediante pedidos de pago, y que por sus características no sean previsibles.
Art. 2 Programación y Apertura.- La Dirección Financiera de la Municipalidad, previo el visto bueno de la máxima autoridad, entregará un fondo fijo de caja-chica, el mismo que será manejado por una persona independiente del cajero y de quienes administren dinero o efectúen labores contables.
CAPÍTULO II Artículos 3 a 6

DE LA ADMINISTRACIÓN Y UTILIZACIÓN DEL FONDO

Art. 3 Utilización del Fondo.- Las normas, procedimientos y disposiciones que consten en el presente reglamento, regulan la utilización de estos fondos para atender desembolsos menores y urgentes relacionados principalmente con la adquisición...

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