Resoluciones 0000038. Resolución 38 - Expídense las Reglas para el Manejo de la Pesquería de Langosta Espinosa en la Reserva Marína de Galápagos, Temporada 2012

Número de Boletín938
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio del Ambiente
Fecha de la disposición 6 de Agosto de 2012

LA DIRECCIÓN DEL PARQUE NACIONAL

GALÁPAGOS

Considerando:

Que, a la Dirección del Parque Nacional Galápagos (DPNG) le corresponde cumplir y hacer cumplir la Ley Orgánica de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galápagos (LOREG), su Reglamento General de Aplicación; la Codificación de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre y su normativa conexa; el Reglamento Especial para la Actividad Pesquera Artesanal en la Reserva Marina de Galápagos; el Plan de Manejo de la Reserva Marina de Galápagos; el Estatuto Administrativo del Parque Nacional Galápagos y demás disposiciones legales vigentes;

Que, el Art. 42 de la LOREG establece que en la Reserva Marina de la provincia de Galápagos únicamente está permitida la pesca artesanal;

Que, la LOREG en el Artículo 14, literal f) confiere a la Autoridad Interinstitucional de Manejo (AIM) la atribución de "... aprobar el calendario pesquero, los volúmenes, las dimensiones y artes permitidos en Galápagos...";

Que, la Autoridad Interinstitucional de Manejo (AIM) mediante Resolución No. 001-2009 aprobó la propuesta de Capitulo Pesca del Plan de Manejo de la Reserva Marina de Galápagos elaborado por la Comisión Técnica de la JMP, incluyendo los acuerdos y consenso en el que se llegó en la reunión de la Junta de Manejo Participativo (JMP) del 11 de diciembre del 2008;

Que, la JMP en reunión celebrada el 17 de julio del 2012, sobre la base de una revisión de los datos históricos de esfuerzo pesquero (número de embarcaciones y pescadores), capturas y de abundancia relativa (captura por unidad de esfuerzo), acordó los criterios y cuota para el manejo y control de la pesquería de langosta espinosa: roja (Panulirus penícillatus) y verde (Panulirus gracílis) de la temporada 2012 a ser presentados y conocido el consenso a la AIM el mismo día;

Que, el recurso langosta espinosa se encuentra aún en estado de sobre-explotación y necesita recuperarse para alcanzar una población saludable, por lo que se requiere fortalecer el sistema de control, monitoreo poblacional y pesquero, manejo y un mayor compromiso, participación y corresponsabilidad de los usuarios de la Reserva Marina de Galápagos (RMG) en relación con las regulaciones, apoyo al monitoreo y control del recurso;

Que, para asegurar un buen desempeño de esta pesquería se requiere de un manejo especial con un alto compromiso de corresponsabilidad del Sector Pesquero y de las autoridades de control y vigilancia, para asegurar la sustentabilidad del recurso; y,

Que, la DPNG se encargará de emitir la Resolución Administrativa del manejo de la pesquería de langosta espinosa roja y verde, temporada 2012;

En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias,

Resuelve:

EXPEDIR LAS REGLAS PARA EL MANEJO DE LA PESQUERÍA DE LANGOSTA ESPINOSA EN LA

RESERVA MARINA DE GALÁPAGOS,

TEMPORADA 2012

Art. 1 Período de Pesca.- Conforme al consenso de la JMP el 17 de julio, se autoriza la pesca de langosta roja (Panulirus penicillatus) y langosta verde (Panulirus gracilis) en la Reserva Marina de Galápagos, durante el período comprendido entre el 10 de agosto del 2012 al 30 de diciembre del 2012 sujeta al cumplimiento de las regulaciones indicadas en esta Resolución.
Art. 2 Cuota de Pesca.- La cuota de pesca máxima de captura por especie para este periodo es de veinte y tres (23) toneladas métricas (TM) de colas de langosta roja y siete (7) toneladas métricas (TM) de cola de langosta verde.
Art. 3 Término de la temporada de pesca.- La temporada culminará al cumplirse la cuota de treinta (30) TM de colas de langosta o el tiempo de pesca establecido, para lo cual se deberá cumplir con el siguiente procedimiento:

La DPNG hará público a través de los medios de comunicación local el cumplimiento de la cuota o el término del tiempo establecido, además se enviará...

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