Resoluciones 2013-665. Expídense las directrices sobre la operación y seguimiento de planes estratégicos, planes operativos, proyectos y procesos mediante, el uso de la metodología y herramientas del proyecto Gobierno Por Resultados (GPR)

Número de Boletín886
SecciónResoluciones
EmisorSecretaría Nacional del Agua
Fecha de la disposición21 de Enero de 2013

EL SECRETARIO NACIONAL DEL AGUA

Considerando:

Que, el inciso final del artículo 318 de la Constitución de la República, establece que el Estado, a través de la autoridad única del agua, será el responsable directo de la planificación y gestión de los recursos hídricos, que se destinarán a consumo humano, riego que garantice la soberanía alimentaria, caudal ecológico y actividades productivas, en este orden de prelación;

Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, establecen que los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios, sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales;

Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que la administración pública constituye un servicio a la colectividad, que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

Que, el artículo 4 del Decreto Ejecutivo No. 1088 del 15 de mayo del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 346 del 27 del mismo mes y año, que reorganizó el Consejo Nacional de Recursos Hídricos (CNRH), mediante la creación de la Secretaría Nacional del Agua (SENAGUA), dispone que la Secretaría Nacional del Agua se encuentra a cargo del Secretario Nacional del Agua, con rango de Ministro, quien ejercerá la representación legal de la entidad;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 934 de 10 de noviembre de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 582 de 23 de noviembre del 2011, el señor Presidente de la República nombra al suscrito como Secretario Nacional del Agua y, como tal, como máxima autoridad Institucional;

Que, el artículo 6 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas establece lo siguiente: "Las entidades a cargo de la planificación nacional del desarrollo y de las finanzas públicas de la función ejecutiva, no obstante el ejercicio de sus competencias, deberán realizar conjuntamente los siguientes procesos: … 4. Seguimiento y evaluación de la planificación y las finanzas públicas.- El seguimiento y evaluación de la planificación y las finanzas públicas consiste en compilar, sistematizar y analizar la información sobre lo actuado en dichas materias para proporcionar elementos objetivos que permitan adoptar medidas correctivas y emprender nuevas acciones públicas. Para este propósito, se debe monitorear y evaluar la ejecución presupuestaria y el desempeño de las entidades, organismos y empresas del sector público en función del cumplimiento de las metas de la programación fiscal y del Plan Nacional de Desarrollo. … .";

Que, el Decreto Ejecutivo No. 555, publicado en el (Suplemento del Registro Oficial No. 331 de 30 de noviembre de 2010) R. O. (2SP) nov. 30 No. 331 de 2010, dispone la implementación del Proyecto Gobierno Por Resultados -GPR- en todas las instituciones de la Administración Pública Central, institucional y dependiente de la Función Ejecutiva, a cargo de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, y en la Disposición General Segunda de este Decreto se dispone que la Secretaría Nacional de la Administración Pública determinará los lineamientos generales mediante los cuales se implementará el Proyecto Gobierno Por Resultados, que serán de obligatorio cumplimiento;

Que, con Acuerdo Ministerial 1002 de 20 de diciembre de 2011, publicado en el suplemento del Registro Oficial No. 606 del 28 del mismo mes y año, se emite la Norma de Implementación y Operación de Gobiernos por Resultados;

Que, a fin de garantizar una administración eficiente y dar cumplimiento con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 555, que dispone la implementación del Proyecto Gobierno Por Resultado, es necesario expedir las directrices sobre la operación y seguimiento de planes estratégicos, planes operativos, proyectos y procesos mediante el uso de la Metodología y Herramienta Gobierno por resultados (GPR), para la Secretaría Nacional del Agua.

En ejercicio de sus atribuciones,

Resuelve:

EXPEDIR LAS DIRECTRICES SOBRE LA

OPERACIÓN Y SEGUIMIENTO DE PLANES ESTRATÉGICOS, PLANES OPERATIVOS,

PROYECTOS Y PROCESOS MEDIANTE, EL USO

DE LA METODOLOGÍA Y HERRAMIENTAS DEL

PROYECTO GOBIERNO POR RESULTADOS (GPR)

CAPÍTULO I Artículos 1 a 8

DE LOS PLANES ESTRATÉGICOS

Art. 1 Líderes Metodológicos.- De conformidad a la "Norma Técnica de implementación y operación de la Metodología y Herramienta de Gobierno Por Resultados", emitida el 20 de diciembre de 2011, la Secretaría Nacional del Agua debe tener al menos dos Líderes Metodológicos GPR.

Uno pertenecerá a la Coordinación General de Gestión Estratégica, siendo responsable del buen uso de la metodología y herramienta para la gestión de planes estratégicos, planes operativos, procesos y riesgos institucionales; y,

Otro pertenecerá a la Coordinación General de Planificación, siendo responsable del buen uso de la metodología y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR