Resolución 275-2016-M - Expídense las políticas para la administración integral de riesgos del Banco Central del Ecuador

Número de Boletín861
SecciónResoluciones
EmisorJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2016

LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN

MONETARIA Y FINANCIERA

Considerando:

Que el artículo 303 de la Constitución de la República dispone que la formulación de las políticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera sean facultad exclusiva de la Función Ejecutiva y se instrumentarán a través del Banco Central del Ecuador;

Que el Código Orgánico Monetario Financiero fue publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 332 de 12 de septiembre de 2014, fecha a partir de la cual entró en vigencia la citada norma;

Que el artículo 13 del Código Orgánico Monetario y Financiero crea la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, parte de la Función Ejecutiva, responsable de la formulación de las políticas públicas, la regulación y supervisión monetaria, crediticia, cambiaria, financiera, de seguros y valores;

Que el artículo 16 del Código Orgánico Monetario y Financiero permite que el Banco Central del Ecuador en el ámbito de sus competencias, pueda preparar y proponer a la Junta o a pedido de ésta, informes y propuestas de políticas y regulaciones;

Que el artículo 27 del Código Orgánico Monetario y Financiero dispone que el Banco Central del Ecuador, tiene por finalidad la instrumentación de las políticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera del Estado, mediante el uso de los instrumentos determinados en el citado Código y la ley;

Que el artículo 33 del Código Orgánico Monetario y Financiero dispone que la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera debe establecer políticas orientadas a velar por la calidad y liquidez de los activos del balance del Banco...

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