Resoluciones MDT-2016-0044. Resolución MDT-2016-0044 - Expídense los techos de las remuneraciones mensuales unificadas para los puestos que ocupan las y los servidores legislativos de la Asamblea Nacional

Número de Boletín867-Segundo Suplemento
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Trabajo
Fecha de la disposición 5 de Octubre de 2016

EL MINISTRO DEL TRABAJO

Considerando:

Que, el artículo 229 de la Constitución de la República, dispone que serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público; y, que la ley definirá el organismo rector en materia de recursos humanos y remuneraciones para todo el sector público, regulará el ingreso, ascenso, promoción, incentivos, régimen disciplinario, estabilidad, sistema de remuneración y cesación de funciones de sus servidores, que será justa y equitativa, con relación a sus funciones y valorará la profesionalización, capacitación, responsabilidad y experiencia;

Que, el artículo 2 de la Ley Orgánica del Servicio Público

- LOSEP, establece que el servicio público y la carrera administrativa tienen por objeto propender el desarrollo profesional, técnico y personal de las y los servidores públicos para lograr el permanente mejoramiento, eficiencia, eficacia, calidad, productividad del Estado y de sus instituciones, mediante la conformación, el funcionamiento y desarrollo de un sistema de gestión del talento humano sustentado en la igualdad de derechos, oportunidades y la no discriminación;

Que, el artículo 3 inciso quinto de la LOSEP, señala como competencia del Ministerio del Trabajo establecer y regular lo atinente a remuneraciones y supervisar y controlar la aplicación de los regímenes especiales de administración Que, el artículo 51 de la LOSEP en el literal a) establece que el Ministerio del Trabajo ejercerá la rectoría en materia de remuneraciones del sector público, y expedirá las normas técnicas correspondientes en materia de recursos humanos, conforme lo determinado en esta ley;

Que, el artículo 51 de la Ley ibídem en sus literales d) y f) determina que el Ministerio del Trabajo realizará los estudios técnicos relacionados a las remuneraciones e ingresos complementarios del sector público; así como, la aplicación de las políticas y normas remunerativas de la administración pública regulada por esta ley;

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. MRL-2014-0025, publicado en el Registro Oficial No.182, de 12 de febrero de 2014, esta Cartera de Estado expide los techos de remuneraciones mensuales unificadas para las...

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