Acuerdos 053-CG-2016. Expídese la codificación de la delegación de atribuciones en materia de contratación pública para los procesos que se requieran con la CGE
Sección | Acuerdos |
Emisor | Contraloría General de Estado |
Jueves 2 de febrero de 2017 – 45Registro Ofi cial Nº 936
7. En caso de fallecimiento de la persona condenada,
se deberá adjuntar copia certifi cada del acta de
defunción; además de cumplir con el requisito descrito
en el numeral 2.
8. En caso de aplicar, autorización escrita para que un
tercero pueda solicitar y retirar el certifi cado. Para
el efecto, la persona autorizada deberá presentar
original y copia de su cédula de identidad, pasaporte
o documento de identifi cación de refugiado/a, en caso
de persona extranjera o refugiado/a que no posea
cédula de identidad; así como copia del documento de
identifi cación del interesado.
Artículo 2.- El certifi cado de no estar registrado en la
base de datos de personas con sentencia condenatoria, será
entregado en 1 día hábil, contado a partir del momento en
el que el usuario presente la documentación requerida en
la UAFE.
El certifi cado de homónimo y el certifi cado de exclusión
de la base de datos, serán entregados en 1 día hábil,
contado a partir del momento en el que el usuario presente
la documentación requerida, salvo excepciones en las que
se requiera un mayor análisis o documentación de respaldo
adicional, situación que será debidamente notifi cada al
usuario vía correo electrónico.
En caso de requerirse documentación adicional para
cualquiera de los certifi cados, ésta será solicitada y
notifi cada al correo electrónico proporcionado por el
usuario, a quien posteriormente se le notifi cará por la
misma vía para que se acerque a retirar el certifi cado.
Artículo 3.- Los certifi cados que se describen en el
numeral precedente, tendrán una vigencia de 30 días,
contados a partir de la fecha de su emisión.
DISPOSICIÓN GENERAL
PRIMERA.- Delegar al Director(a) de Prevención y
Riesgos de la Unidad de Análisis Financiero y Económico
(UAFE), la suscripción de certifi cados de no estar
registrado en la base de datos de personas con sentencia
condenatoria. Este certifi cado tendrá vigencia a nivel
nacional.
SEGUNDA.- Delegar al Director(a) Jurídico de la
Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), la
suscripción de certifi cados de homónimos con personas
registradas en la base de datos de personas con sentencia
condenatoria; así como la suscripción de certifi cados por
exclusión de la misma base de datos. . Estos certifi cados
tendrán vigencia a nivel nacional.
TERCERA.- Delegar a los/as Director (a) de Prevención
y Riesgos; y, Director (a) Jurídico de la Unidad de
Análisis Financiero y Económico (UAFE), la ejecución de
la presente resolución en el ámbito de las delegaciones
otorgadas a tales unidades administrativas.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
UNICA.- Queda expresamente derogada la Resolución
No. UAF-DG-VR-2016-0010, de 19 de octubre de 2016.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su
fecha de expedición, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Ofi cial.
Dado en el despacho del señor Director General de la
Unidad de Análisis Financiero y Económico, en Quito,
Distrito Metropolitano a, 16 de diciembre de 2016.
f.) Dr. Carlos Paúl Villarreal Velásquez, Director General,
Unidad de Análisis Financiero y Económico.
No. 053-CG-2016
EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO
Considerando:
Que, el artículo 211 de la Constitución de la República
del Ecuador preceptúa que la Contraloría General del
Estado es un organismo técnico encargado del control de
la utilización de los recursos estatales y de las personas
jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos
públicos;
Que, de acuerdo con el artículo 212 número 3 de la Carta
Fundamental es función de la Contraloría General del
Estado expedir la normativa para el cumplimiento de sus
funciones
Que, de conformidad con el artículo 204 inciso tercero de
la Constitución de la República, la Contraloría General
del Estado cuenta con personalidad jurídica y autonomía
administrativa, fi nanciera, presupuestaria y organizativa;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de efi cacia, efi ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planifi cación, transparencia y evaluación;
Pública, publicada en el suplemento del Registro Ofi cial
395 de 4 de agosto de 2008, establece el Sistema Nacional
de Contratación Pública y determina los principios y
normas para regular los procedimientos de contratación
para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución
de obras y prestación de servicios, incluidos los de
consultoría, que realicen, entre otras instituciones del
Estado, los organismos de control y regulación;
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