Acuerdos 2016-018. Expídese el Plan Nacional de Desarrollo del Sector Minero

Número de Boletín823-Primer Suplemento
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Minería
Fecha de la disposición14 de Julio de 2016

Javier Felipe Córdova Unda

MINISTRO DE MINERÍA

Considerando:

Que, los artículos 1 y 408 de la Constitución de la República del Ecuador establecen que los recursos naturales no renovables y, en general, los productos del subsuelo, yacimientos minerales y de hidrocarburos son de propiedad inalienable, imprescriptible e inembargable del Estado;

Que, el artículo 141 ibídem dispone que la Presidenta o Presidente de la República ejerce la Función Ejecutiva, es el Jefe del Estado y de Gobierno y responsable de la administración pública. La Función Ejecutiva está integrada por el Presidente y Vicepresidente de la República, los Ministerios de Estado y los demás organismos e instituciones necesarios para cumplir, en el ámbito de su competencia, las atribuciones de rectoría, planificación, ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales y planes que se creen para ejecutarlas;

Que, el numeral 1 del artículo 154 ibídem señala que a las ministras y ministros de Estado les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que, el artículo 226 ibídem manifiesta que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el...

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