Resoluciones BCE-021-2016. Expídese el Proceso para optimizar la operatividad y la aprobación de renovación de la inversión doméstica para el año 2016
Número de Boletín | 717 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Banco Central del Ecuador |
Fecha de la disposición | 29 de Febrero de 2016 |
EL GERENTE GENERAL DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR
Considerando:
Que el artículo 310 de la Constitución de la República dispone que el crédito que otorgue el sector financiero público se orientará de manera preferente a incrementar la productividad y competitividad de los sectores productivos que permitan alcanzar los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y de los grupos menos favorecidos, a fi n de impulsar su inclusión activa en la economía;
Que los numerales 5, 6, 8, 11, 26, 27, 33 y 34 del artículo 36 del Código Orgánico Monetario Financiero, atribuyen como funciones del Banco Central del Ecuador, adquirir títulos y obligaciones emitidos por el ente rector de las finanzas públicas, de conformidad con las regulaciones de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera (JPRMF); emitir valores; gestionar la liquidez del país, por medio de la utilización de instrumentos directos e indirectos, como operaciones de mercado abierto, operaciones de cambio, entre otros; administrar los activos financieros del Banco Central del Ecuador en el país y en el exterior; gestionar las reservas, optimizando la utilidad económica de las inversiones domésticas y externas, con sujeción a los principios de seguridad, liquidez y rentabilidad; instrumentar la inversión doméstica, con sujeción a las políticas aprobadas por la JPRMF; la adquisición de oro no monetario proveniente de la minería artesanal y pequeña minería; efectuar las operaciones e implementar instrumentos que tengan carácter monetario o fi nanciero y sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la política monetaria;
Que el capítulo 4, sección 2 del título I del Código Orgánico Monetario y Financiero, define las reglas para las operaciones a cargo del Banco Central del Ecuador, en lo que hace relación a la inversión de excedentes de liquidez, planificación de inversión doméstica, emisión de valores, operaciones de mercado abierto, ventanilla de redescuento, así como el establecimiento de sus límites;
Que mediante Resolución No. 034-2015-M de 27 de enero de 2015, la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera emitió las Políticas para la Inversión de Excedentes de Liquidez;
Que con Resolución No. 046-2015-M de 05 de marzo de 2015, la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera aprobó el Programa de...
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