Resoluciones. Expídese El Reglamento Para El Ejercicio De La Jurisdiccion Coactiva De La Empresa Pública “prodeuteq E.P”

Número de Boletín232
SecciónResoluciones
EmisorEMPRESA PÚBLICA DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO ESTRATÉGICO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO - PRODEUTEQ E.P.
24 – Miércoles 2 de mayo de 2018 Registro Of‌i cial Nº 232
[…] Artículo 2.- Una vez que ha sido promulgada la Ley
Orgánica de Sanidad Agropecuaria, se dispone reemplazar
en todos los actos y hechos administrativos que f‌i gure la
denominación: “Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento
de la Calidad del Agro – AGROCALIDAD”, por
“AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL FITO Y
ZOOSANITARIO”;
En uso de las atribuciones legales que le concede la Ley
Orgánica de Sanidad Agropecuaria y el Estatuto Orgánico
de Gestión Organizacional por procesos de la Agencia
Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro-
AGROCALlDAD.
Resuelve:
Artículo 1.- Modifíquese el artículo 1 de la Resolución
Nro. 0166, de 29 de diciembre de 2017, en el cual se
sustituya la frase “ex AGROCALIDAD” por la siguiente:
ex Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad
del Agro”
Por lo tanto el artículo quedará de la siguiente forma:
Artículo 1.- Para el normal funcionamiento de la
Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario se
mantendrá las atribuciones y competencias, estructura,
organización, patrimonio, activos y pasivos, de la ex
Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad
del Agro, de conformidad con lo establecido en el inciso
tercero del artículo 12 de la Ley Orgánica de Sanidad
Agropecuaria;”
Artículo 2.- Modifíquese el artículo 3 de la resolución
Nro. 0166, de 29 de diciembre de 2017, por el siguiente:
“Artículo 3.- Validar y ratif‌i car en todos sus términos y
en el marco de las disposiciones legales todos los actos y
hechos administrativos emanados por AGROCALIDAD”;
Artículo 3.- Salvo lo considerado en los artículos 1 y 2
de la presente Resolución, quedan vigentes en todas sus
partes los artículos contemplados en la Resolución 0166,
del 29 de diciembre del 2017.
Artículo 4.- De la ejecución de la presente Resolución
encárguese a las Coordinaciones Generales, Direcciones
Generales, Direcciones Distritales y Articulación
Territorial, Direcciones Distritales y a las Jefaturas de
Sanidad Agropecuaria.
Artículo 5.- La presente Resolución entrará en vigencia a
partir de su publicación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.
Dado en Quito, D.M. 10 de abril del 2018.
f.) Dr. Milton Fernando Cabezas Guerrero, Director
Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control Fito y
Zoosanitario.
EMPRESA PÚBLICA DE PRODUCCIÓN
Y DESARROLLO ESTRATÉGICO DE LA
UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO
“PRODEUTEQ E.P”.
Considerando:
Que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 315 de la
en el artículo 5 inciso 1 de la Ley Orgánica de Empresas
Públicas, cuyo texto dice lo siguiente: Las universidades
públicas podrán constituir empresas públicas o mixtas que
se someterán al régimen establecido en esta Ley (...). En la
resolución de creación adoptada por el máximo organismo
universitario competente se determinaron los aspectos
relacionados con su administración y funcionamiento.
Que, la Ley Orgánica de Empresas Públicas, faculta al
Gerente General en el artículo 11, numeral 16, el ejercicio
de la jurisdicción coactiva en forma directa o a través de
su delegado.
Que, la Disposición General Cuarta de la norma ibidém,
establece que las empresas públicas, para la recaudación
de los valores adeudados por sus clientes, usuarios o
consumidores, gozan de jurisdicción coactiva, que se la
ejercerá de conformidad con la reglamentación interna de
la empresa pública y demás normativa conexa.
Que, la Empresa Pública “PRODEUTEQ E.P”, se creó
mediante resolución sexagésima tercera dictada en sesión
ordinaria del Honorable Concejo Universitario de la
U.T.E.Q. celebrada el día 28/02/2012; para producir fuentes
alternativas de ingresos auto gestionados, a través de la
utilización ef‌i ciente de activos f‌i jos y recursos humanos en
el desarrollo de diversas actividades productivas.
Que, es necesario implementar el Reglamento para el
Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva de la Empresa
Pública “PRODEUTEQ E.P.”.
Que, el objetivo del presente Reglamento tiene como
objetivo normar el ejercicio de la acción coactiva por parte
de PRODEUTEQ EP.
Que, el alcance del presente reglamento es la recaudación
de los valores adeudados por los clientes, usuarios o
consumidores, de PRODEUTEQ EP.
Que, en ejercicio de las atribuciones previstas en el
artículo 11, numeral 8, de la Ley Orgánica de Empresas
Públicas,
Resuelve:
Expedir el siguiente: REGLAMENTO PARA EL
EJERCICIO DE LA JURISDICCION COACTIVA
DE LA EMPRESA PÚBLICA DE PRODUCCIÓN
Y DESARROLLO ESTRATÉGICO DE LA
UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO
“PRODEUTEQ E.P”.
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