Resoluciones 03. Resolución 3 - Expídese el Reglamento interno para la administración y control del fondo rotativo para cubrir gastos de viajes oficiales al exterior
Número de Boletín | 865-Primer Suplemento |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Vipresidencia de la República del Ecuador |
Fecha de la disposición | 15 de Septiembre de 2016 |
Iván Paredes Pérez
COORDINADOR GENERAL
ADMINISTRATIVO FINANCIERO
VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, prevé que "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.";
Que, el artículo 227 ibídem dispone: "La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.";
Que, la Constitución de la República en el primer inciso en su artículo 233, señala: "Ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos.";
Que, el artículo 211 de la Constitución de la República del Ecuador atribuye a la Contraloría General del Estado, el control de la utilización de los recursos estatales y la consecución de los objetivos de las instituciones del Estado;
Que, el Art. 70 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas define como Sistema Nacional de Finanzas Públicas (SINFIP) al conjunto de normas, políticas, instrumentos, procesos, actividades, registros y operaciones que las entidades y organismos del sector público deben realizar con el objeto de gestionar en forma programada los ingresos, gastos y financiamientos públicos con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo y a las políticas públicas establecidas en dicha ley;
Que, el artículo 165...
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