Resoluciones 03. Resolución 3 - Expídese el Reglamento interno para la administración y control del fondo rotativo para cubrir gastos de viajes oficiales al exterior

Número de Boletín865-Primer Suplemento
SecciónResoluciones
EmisorVipresidencia de la República del Ecuador
Fecha de la disposición15 de Septiembre de 2016

Iván Paredes Pérez

COORDINADOR GENERAL

ADMINISTRATIVO FINANCIERO

VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, prevé que "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.";

Que, el artículo 227 ibídem dispone: "La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.";

Que, la Constitución de la República en el primer inciso en su artículo 233, señala: "Ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos.";

Que, el artículo 211 de la Constitución de la República del Ecuador atribuye a la Contraloría General del Estado, el control de la utilización de los recursos estatales y la consecución de los objetivos de las instituciones del Estado;

Que, el Art. 70 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas define como Sistema Nacional de Finanzas Públicas (SINFIP) al conjunto de normas, políticas, instrumentos, procesos, actividades, registros y operaciones que las entidades y organismos del sector público deben realizar con el objeto de gestionar en forma programada los ingresos, gastos y financiamientos públicos con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo y a las políticas públicas establecidas en dicha ley;

Que, el artículo 165...

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