Resoluciones COSEDE-DIR-2015-013. Expídese el Reglamento para uso del servicio de telefonía móvil celular
Número de Boletín | 412-Edición Especial |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados - COSEDE |
Fecha de la disposición | 27 de Octubre de 2015 |
EL DIRECTORIO DE LA CORPORACIÓN DEL
SEGURO DE DEPÓSITOS, FONDO DE LIQUIDEZ Y
FONDO DE SEGUROS PRIVADOS
Considerando:
Que el Artículo 227 de la Constitución de la República dispone que "La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación";
Que el artículo 79 del Código Orgánico Monetario y
Financiero establece que la Corporación del Seguro de
Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados (COSEDE) es una persona jurídica de derecho público, no financiera, con autonomía administrativa y operativa;
Que el inciso tercero del artículo 80 del Código Orgánico
Monetario y Financiero establece que la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados podrá realizar, para el cumplimiento de sus funciones, todos los actos, contratos y operaciones que sean necesarios;
Que el numeral 9 del artículo 85 del Código Orgánico
Monetario y Financiero señala que es función del Directorio de la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados dictar las normas administrativas que rijan el funcionamiento de la entidad;
Que los literales a) y e) del numeral 1 del Artículo 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado establece que son atribuciones y obligaciones de los titulares de las instituciones del Estado dirigir y asegurar la implantación, funcionamiento y actualización del sistema de control interno, así como dictar los correspondientes reglamentos y demás normas secundarias necesarias para el eficiente, efectivo y económico funcionamiento de sus instituciones;
Que mediante Acuerdo No. 17 de 30 de agosto de 2012, la Contraloría General del Estado expidió el Reglamento para uso, administración y control del servicio de telefonía móvil celular y bases celulares fijas en las entidades y organismos del sector público, publicado en el Registro Oficial No. 790 de 17 de septiembre de 2012, que fue reformado con Acuerdo No. 18 de 14 de mayo de 2013, publicado en el Registro Oficial No. 10 de 07 de junio del 2013; y,
Que la COSEDE en atención a sus diversas actividades y necesidades de comunicación, requiere dotar, regular y controlar el uso del servicio de telefonía móvil celular y de bases celulares fijas en sus instalaciones, de conformidad con la normativa vigente;
En ejercicio de sus funciones y atribuciones,
Resuelve:
Expedir el siguiente REGLAMENTO PARA USO DEL SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR DE LA CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS, FONDO DE LIQUIDEZ Y FONDO DE SEGUROS PRIVADOS
GENERALIDADES
DE LAS POLITICAS SOBRE EL USO DEL
SERVICIO DE TELEFONÍA MOVIL CELULAR
Para dar buen uso a los equipos de telefonía celular se deberá observar las siguientes políticas:
-
La administración de los equipos de telefonía celular es competencia y responsabilidad de la Coordinación
General Administrativa...
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