Acuerdos 298. Acuerdo 298 - Deléganse facultades al Excelentísimo señor Embajador Don Horacio Sevilla Borja, Embajador de la República del Ecuador en la República Federativa de Brasil
Número de Boletín | 838 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Finanzas |
Fecha de la disposición | 12 de Noviembre de 2012 |
EL MINISTRO DE FINANZAS
Considerando:
Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, manda que a las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas el área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera u gestión;
Que el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas en su artículo 74, numeral 16, relativo a los deberes y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional de Finanzas Públicas, establece entre otras, la de celebrar a nombre del Estado ecuatoriano, en representación del Presidente o Presidenta de la República, los contratos o convenios inherentes a las finanzas públicas, excepto los que corresponda celebrar a otras entidades y organismos del Estado, en el ámbito de sus competencias;
Que el artículo 75 del invocado Código dispone que el Ministro a cargo de las Finanzas Públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;
Que el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y 55, faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público, delegar sus atribuciones y deberes;
Que el Comité de Deuda y Financiamiento de conformidad con lo previsto en la Constitución de la República del Ecuador y en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, mediante Acta Resolutiva No. 015 de 12 de noviembre 2012, autorizó la contratación y aprobó los términos y condiciones financieras particulares y generales del Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República del Ecuador Ministerio de Finanzas, en calidad de Prestatario y el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social de la República Federativa de Brasil, BNDES, en calidad e Prestamista, por un monto de hasta USD 90'226.703 (Noventa millones doscientos veinte y seis mil setecientos tres dólares de Estados Unidos de América), destinado a financiar parcialmente el "Proyecto Hidroeléctrico Manduriacu"; y,
En ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, 74 numeral 16 y 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función...
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