Oficio 2016-961-AL - Fe de Erratas a la publicación de la Ordenanza que regula la tarifa para el transporte público intracantonal urbano del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Latacunga, efectuada en la Edición Especial No. 628 de 07 de julio de 2016
Número de Boletín | 860 |
Sección | Oficios |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Fecha de la disposición | 15 de Julio de 2016 |
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE LATACUNGA
Oficio Nro. 2016-961-AL
Latacunga, 15 de julio de 2016.
Ingeniero Hugo del Pozo Barrezueta
DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO OFICAL DEL ECUADOR
Quito.-
De mis consideraciones.-
Presente.
Con un respetado saludo me dirijo a su distinguida persona con la finalidad de poner en su conocimiento lo que sigue:
En la Edición Especial Nro. 628 del Registro Oficial de fecha Quito, jueves 07 de julio de 2016 se publico la ORDENANZA QUE REGULA LA TARIFA PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO INTRACANTONAL URBANO, por un imperfecto informático se ha omitido de realizar algunos cambios en la ordenanza antes de su presentación y posterior publicación, por lo que, solicito se sirva disponer a quien corresponda publique la correspondiente Fe de Erratas:
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-En la DISPOSICION GENERAL PRIMERA Suprímase "cinco años" por "tres años" quedando el texto de la siguiente manera:
PRIMERA.-Las tarifas estarán vigentes desde el momento del ajuste, una vez emitida esta Ordenanza, hasta el 28 de marzo de 2019. A partir de esta fecha podrá regir un incremento que será cada tres años, a partir de cada 1 de marzo de cada tres años, de acuerdo a la tasa de infiación interanual publicada por el INEC en enero del año precedente. Esta disposición sólo será de aplicación si se han cumplido por parte de la transportación pública urbana de Latacunga, todas y cada una de las condiciones de mejora dispuestas en la presente Ordenanza y dentro de los plazos establecidos.
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-En la DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA aumentarse "Resolución Nro. 082-DIR-2015-ANT y" antes de las palabras "Resolución Nro. 036-DIR-2016ANT" quedando el texto de la siguiente manera:
PRIMERA.-A los vehículos del servicio de transporte de servicio público en el ámbito intracantonal que hayan cumplido su vida útil se les concede prorroga de (2) dos años contados a partir de la aprobación de la Resolución Nro. 082-DIR-2015-ANT y Resolución Nro. 036-DIR-2016ANT expedida por la Agencia Nacional de Tránsito el 09 de mayo de 2016 para la AMPLIACIÓN DE LA VIDA ÚTILDE LOS VEHÍCULOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE COMERCIAL ESCOLAR E INSTITUCIONAL Y PÚBLICO EN EL ÁMBITO INTRACANTONAL URBANA Y RURAL.
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-Eliminar la DISOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA y seguir la secuencia numérica que corresponda.
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-En la DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA Suprímase "En...
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