Fe de erratas. Fe de Erratas a la publicación de la Resolución No. SCVS.DSC.16.005, de 30 de junio de 2016, emitida por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, efectuada en el Registro Ofi cial No. 826 de 25 de agosto de 2016

Número de Boletín860
SecciónFe de erratas
EmisorSuperintendencia de Compañías Valores y Seguros
Fecha de la disposición12 de Octubre de 2016

En el Registro Oficial No. 826, de 25 de agosto 2016, se publicó la Resolución No. SCVS.DSC.16.005, de 30 de junio de 2016, a través de la que se aprobaron las tarifas máximas de los servicios que de acuerdo al artículo 3 del Reglamento para el control de ventas a crédito y de emisión de tarjetas de circulación restringida, por parte de las compañías sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, pueden cobrar las compañías que dentro del giro ordinario de sus negocios realicen ventas a crédito, para el período semestral que comprende los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2016.

El artículo 1 de la Resolución No. SCVS.DSC.16.005 contiene el detalle de los servicios y valores aprobados, sin embargo, por un error involuntario se omitió el correspondiente a la "Entrega del Estado del Crédito en el lugar que el cliente indique, siempre que este lo requiera por escrito"; por lo tanto a través de la presente fe de erratas se sustituye el cuadro contenido en el artículo 1 por el siguiente:

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