Fe de Erratas a la publicación de la Resolución No. 0049-IFTH-DE-2016, emitida por el Instituto de Fomento al Talento Humano, efectuada en el Suplemento del Registro Oficial No. 880 de 12 de noviembre de 2016

Fecha de disposición14 Febrero 2017
Fecha de publicación14 Febrero 2017
Número de Gaceta944
Martes 14 de febrero de 2017 – 47Registro Of‌i cial Nº 944
AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTON NOBOL”, fue Discutida y Aprobada en
dos debates por los Miembros del Concejo del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Nobol,
en las sesiones realizadas los días Lunes 19 de Diciembre
del 2016 y Miércoles21 de Diciembre del 2016,
Respectivamente.
f.) Ab. Erwin Euclides Huacón García, Secretario del
Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del cantón Nobol.
SECRETARIO DEL CONCEJO DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN NOBOL.- A los 21 días del mes de
Diciembre del año 2016.- De conformidad con la razón
que antecede y en cumplimiento a lo dispuesto en el
Art. 322 inciso cuarto (4) del Código Orgánico de
Organización Territorial Autonomía y Descentralización,
cumplí con remitir a la Señora Mariana de Jesús Jácome
Álvarez, Alcaldesa del Cantón Nobol, para su sanción y
promulgación respectiva. Remito Tres (3) Originales.
f.) Ab. Erwin Euclides Huacón García, Secretario del
Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del cantón Nobol.
ALCALDIA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
NOBOL.- El 23 de Diciembre del 2016, siendo las 11H00
a.m. De conformidad con las disposiciones contenidas
Territorial Autonomía y Descentralización, habiendo
observado el Trámite Legal y por cuanto “ORDENANZA
SUSTITUTIVA PARA EL COBRO DE TASAS POR
SERVICIOS TECNICOS ADMINISTRATIVOS EN
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN NOBOL”, cuenta con
los parámetros establecidos en la Constitución y Leyes
de la República.-SANCIONO.- La Presente Ordenanza
Municipal y dispongo su PROMULGACIÓN, de
conformidad al Art. 324, del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
f.) Sra. Mariana de Jesús Jácome Álvarez, Alcaldesa
del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
cantón Nobol.
Proveyó y f‌i rmo la Ordenanza, que antecede la Sra.
Mariana de Jesús Jácome Álvarez, Alcaldesa del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Nobol,
en la fecha y hora antes indicada.
f.) Ab. Erwin Euclides Huacón García, Secretario del
Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del cantón Nobol.
FE DE ERRATAS
INSTITUTO DE
FOMENTO AL TALENTO HUMANO
Of‌i cio Nro. IFTH-DADM-2017-0003-OF
Quito, D.M., 10 de enero de 2017.
Asunto: Publicación en Registro Of‌i cial.
Ingeniero
Hugo Del Pozo Barrezueta
Director Registro Of‌i cial
REGISTRO OFICIAL
En su Despacho
De mi consideración:
Expresándole un atento saludo, solicito muy
comedidamente disponga a quien corresponda que se
publique en el Registro Of‌i cial, tal y como consta en la
copia certif‌i cada, la Fe de Erratas a la Resolución No.
0049-IFTH-DE-2016, de fecha 29 de diciembre de 2016,
expendida por la máxima autoridad Mgs. Susana Toro
Orellana, Directora Ejecutiva del Instituto de Fomento al
Talento Humano.
Sírvase encontrar adjunto copia certif‌i cada de dicha
resolución, al igual que un cd que contiene el archivo
digital.
Cabe indicar que la Resolución No. 0049-IFTH-DE-2016
del 13 de septiembre del 2016, mediante se expició EL
REGLAMENTO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE
TALENTO HUMANO DEL INSTITUTO DE FOMENTO
AL TALENTO HUMANO fue publicada en el Registro
Of‌i cial Suplemento 880 del 12-nov-2016.
Con sentimientos de distinguida consideración.
Atentamente,
f.) Ing. Diego Fernando Urquizo Tapia, Director
Administrativo Encargado.
INSTITUTO DE
FOMENTO AL TALENTO HUMANO
FE DE ERRATAS A LA RESOLUCIÓN NO.
0049-IFTH-DE-2016
En atención a que la resolución No. 0049-IFTH-DE-2016
de 13 de septiembre de 2016, que contiene el Reglamento
Interno de Administración de Talento Humano del
Instituto de Fomento al Talento Humano, y en ejercicio
de la potestad prevista por el artículo 99 del Estatuto de
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,
se emite lo siguiente:
1. El artículo 52.a del Reglamento Interno de
Administración de Talento Humano de la Institución,
establece:

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