Acuerdos MCPEC-2013-035. Acuerdo MCPEC-2013-035 - Deléganse a los siguientes funcionarios para que formen parte de varios organismos colegiados: Econ. Johana Zapata

Número de Boletín39
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio Coordinador de Producción, Empleo y Competitividad
Fecha de la disposición14 de Mayo de 2013

Richard Espinosa Guzmán, B.A.

MINISTRO DE COORDINACIÓN DE LA PRODUCCIÓN, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

Considerando:

Que, el artículo 233 de la Constitución de la República señala, la responsabilidad, el alcance y las sanciones a la que están sujetos los servidores y servidoras públicos y los delegados o representantes a los cuerpos colegiados de las instituciones del Estado; Que, el artículo 9 de la Ley del Sistema Ecuatoriano de Calidad, referente a la creación e integración del CIC, manifiesta que estará integrada por" Ministro(a) Coordinador de la producción, Empleo y Competitividad...."

Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 756 del 17 de mayo de 2011, publicado en el Suplemento del Registro Oficial N°450, se expide el Reglamento a la Ley del Sistema Ecuatoriano a la Calidad, que en su artículo 3 menciona: "...Cada Ministra o Ministro que conforma el Comité Interministerial de la Calidad, designará a su delegado permanente, quienes deberán acreditar conocimiento y experiencia en el área de la calidad".

Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 437, publicado en el Registro Oficial N° 120 de 5 julio de 2007, se establece la facultad expresa de los Ministros de Estado para organizar sus Ministerios, sin que sea necesaria la expedición de Decreto Ejecutivo alguno;

Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva señala que "Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por la Ley o por Decreto..."; y,

Que, el artículo 57 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva señala que "La delegación podrá ser revocada en cualquier momento por el órgano que haya conferido y se extinguirá, en el caso de asuntos únicos, cuando se haya cumplido el acto cuya expedición o ejecución se delegó."

Que, el Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad-MCPEC- es una institución pública, con independencia administrativa y financiera, creado mediante Decreto Ejecutivo N° 117-A, publicado en el Registro Oficial N° 33 de 5 marzo de 2007, el mismo que fue reformado...

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