Ordenanzas Municipales. GADMC-MANTA No. 028 Cantón Manta: Mediante la cual se establece una exoneración parcial de pago a la tasa única anual de funcionamiento turístico y a la tasa por ocupación de las Playas para el ejercicio fiscal 2021 y se deroga la tasa municipal de pernoctación, para los sujetos comprendidos dentro del ámbito de aplicación de la Ordenanza sustitutiva que crea y regula la tasa para otorgar la Licencia Única Anual de locales turísticos en el cantón manta
Número de Boletín | 462 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Tercer Suplemento Nº 462 - Registro Ocial
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Lunes 31 de mayo de 2021
Ordenanza No. 028-2021 P á g i n a 1 | 9
ORDENANZA GADMC-MANTA No. 028
Abg. Agustín Aníbal Intriago Quijano
Gobierno Municipal 2019-2023
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN MANTA
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo señala el artículo 226 de la Constitución de la República del
Ecuador, las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la ley;
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 238 en
concordancia con el artículo 5 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, establecen la autonomía política,
administrativa y financiera de los Gobiernos Autónomos Descentralizados;
Que, el artículo 240 de la Constitución de la República determina que los
gobiernos autónomos descentralizados tendrán facultades legislativas en el
ámbito de sus competencias y jurisdicciones y ejercerán las facultades
ejecutivas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales;
Ecuador, establece que las políticas públicas y la prestación de bienes y
servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los
derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad;
Que, la Constitución de la República en el artículo 283 señala que el sistema
económico es social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin;
propende a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y
mercado, en armonía con la naturaleza; y tiene por objetivo garantizar la
producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que
posibiliten el buen vivir.
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 389, dispone
que el Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza
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