Ordenanzas Municipales. GADMC-MANTA No. 034 Cantón Manta: Que promueve y regula el uso de los huertos agroecológicos comunitarios y familiares

Número de Boletín555
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Registro Ocial - Tercer Suplemento Nº 555
23
Lunes 11 de octubre de 2021
Ordenanza No. 034-2021 Página 1 | 10
ORDENANZA GADMC-MANTA No. 034
Abg. Agustín Aníbal Intriago Quijano
Gobierno Municipal 2019-2023
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN MANTA
CONSIDERANDO:
Que, el derecho a la alimentación está reconocido en la Constitución y en la
Interamericana de Derechos Humanos y el Protocolo de San Salvador sobre
Derechos Económicos Sociales y Culturales, de los que Ecuador es parte;
Que, el artículo 13 de la Constitución de la República del Ecuador señala que las
personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a
alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel
local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales.
Que, el artículo 32 de la Constitución de la República del Ecuador establece que
la salud es un derecho que garantiza el Estado,cuya realización se vincula al
ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la
educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos
entre otros que sustentan el buen vivir.
Que, la Constitución proclama en su artículo 281, que la soberanía alimentaria
constituye un objetivo estratégico y una obligación del Estado para garantizar
que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la
autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiados de forma
permanente;
el Estado Central y los gobiernos autónomos descentralizados, deberán adoptar
políticas integrales y participativas de ordenamiento territorial urbano y de uso de
suelo, que permitan regular el crecimiento urbano, el manejo de la fauna urbana
e incentiven el establecimiento de zonas verdes;
Que, son funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal, promover
el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar
la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas
cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales; así
mismo, establecer el régimen de uso del suelo y urbanístico, para lo cual
determinará las condiciones de urbanización, parcelación, lotización, división o
cualquier otra forma de fraccionamiento de conformidad con la planificación
cantonal, asegurando porcentajes para zonas verdes y áreas comunales;
conforme lo prescribe los literales a) y c) del Art. 54 del Código Orgánico de
Organización Territorial Autonomía y Descentralización;

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