Ordenanzas Municipales. GADMCD-2022-002-DNM Cantón Durán: Que reforma a la Ordenanza de actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del cantón Eloy Alfaro (Durán) con el Plan Nacional de Desarrollo

Número de Boletín171
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Viernes 29 de abril de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 171
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Secretaria General y de Concejo Municipal
GAD DURÁN
GAD DURÁN
GAD DURÁN
ORDENANZA N° GADMCD-2022-002-DNM
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN
Econ. Dalton Narváez Mendieta. Mgs,
ALCALDE
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Constitución de la República del Ecuador, expresa que: "El Ecuador
es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano,
independiente, unitario, intercultural, pluricultural y laico. Se organiza en forma de
república y se gobierna de manera descentralizada. (…) La soberanía radica en el pueblo,
cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se ejerce a través de los órganos poder
público y de las formas de participación directa previstas en la Constitución. Los recursos
naturales no renovables del territorio del Estado pertenecen a su patrimonio inalienable,
irrenunciable e imprescriptible.
Que, el artículo 14 de la Norma Suprema, "reconoce el derecho de la población a vivir en un
ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir,
sumak kawsay".
Que, el artículo 31 de la Constitución de la República del Ecuador garantiza que: "Las
personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los
principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y
equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión
democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en el
ejercicio pleno de la ciudadanía.
Que, el artículo 227 de la Carta Magna, establece que "la administración pública constituye
un servicio a la colectividad que se rige, entre otros, por los principios de eficacia, eficiencia,
calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación,
planificación, transparencia y evaluación.
planificación garantizará el ordenamiento territorial y será obligatoria en todos los gobiernos
autónomos descentralizados”.
Que, el artículo 264 numeral 1 de la Carta Magna, determina como competencia exclusiva
de los gobiernos municipales “planificar el desarrollo cantonal y formular los
correspondientes planes de Ordenamiento Territorial, de manera articulada con la
planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la
ocupación del suelo urbano y rural”.
Que, el artículo 272 de la Constitución de la República del Ecuador señala como un criterio
para la distribución de los recursos entre los gobiernos autónomos descentralizados, los logros

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