Ordenanza Municipal GADMCD-2022-006-DNM Cantón Durán: Que institucionaliza los reconocimientos “Galardón Ferroviario” y “Presea de Honor Eloy Alfaro – Durán

Fecha de publicación19 Agosto 2022
Número de Gaceta130
Viernes 19 de agosto de 2022 Segundo Suplemento Nº 130 - Registro Ocial
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ORDENANZA N°. GADMCD-2022-006-DNM
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN
Econ. Dalton Narváez Mendieta. Mgs.
ALCALDE
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 1 establece que: “El
Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano,
independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de
república y se gobierna de manera descentralizada (…)”;
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en los artículos 238 y 240, dispone que
los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa
y financiera; que tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y
jurisdicciones territoriales;
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 264 número 8, de las
competencias de los gobiernos municipales, manifiesta: “Preservar, mantener y difundir
el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios
públicos para estos fines”;
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 377 determina: “El
sistema nacional de cultura tiene como finalidad fortalecer la identidad nacional; proteger
y promover la diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creación
artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales;
y salvaguardar la memoria social y el patrimonio cultural. Se garantiza el ejercicio pleno
de los derechos culturales”;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
en el artículo 4 letra e), señala como una de las funciones que le compete al Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal: "La protección y promoción de la diversidad
cultural y el respeto a sus espacios de generación e intercambio; la recuperación,
preservación y desarrollo de la memoria social y el patrimonio cultural";
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
en el artículo 7 señala que: “Para el pleno ejercicio de sus competencias y de las facultades
que de manera concurrente podrán asumir, se reconoce a los consejos regionales y
provinciales, concejos metropolitanos y municipales, la capacidad para dictar normas de
carácter general a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su
circunscripción territorial (…)”;

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