Ordenanzas Municipales. GADMCLC-CM-2021-229 Cantón La Concordia: Que reforma a la Ordenanza que regula la gestión de los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios del Cuerpo de Bomberos

Número de Boletín1671
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 14 de septiembre de 2021 Edición Especial Nº 1671 - Registro Ocial
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ORDENANZA No. GADMCLC-CM-2021-229
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN LA CONCORDIA
ORDENANZA No. GADMCLC-CM-2021-229
EL CONCEJO MUNICIPAL
CONSIDERANDO:
Que el artículo 84 de la Constitución de la República del Ecuador indica que: La
Asamblea Nacional y todo órgano con potestad normativa tendrá la obligación de
adecuar, formal y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los derechos
previstos en la Constitución y los tratados internacionales, y los que sean necesarios
para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y
nacionalidades. En ningún caso, la reforma de la Constitución, las leyes, otras normas
jurídicas ni los actos del poder público atentarán contra los derechos que reconoce la
Constitución;
Que el artículo 226 Ibídem, en concordancia con el numeral 3 del artículo 11 de la
Constitución de la República del Ecuador, se establecen la obligación de los órganos
del Estado, servidoras y servidores, a ejercer las competencias y obligaciones que le
sean establecidas en la Constitución y la Ley, pero al mismo tiempo señala el carácter
justiciable de derechos;
Que el artículo 238 de la Constitución de República del Ecuador reconoce que los
gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, la que según el
inciso segundo del artículo 5 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización (COOTAD) "Se expresa en el pleno ejercicio de
facultades normativas y ejecutivas sobre las competencias de su responsabilidad…;"
Que el artículo 240 de la Constitución de República del Ecuador establece que Los
gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos,
provincias y cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias
y jurisdicciones territoriales. Las juntas parroquiales rurales tendrán facultades
reglamentarias. Todos los gobiernos autónomos descentralizados ejercerán facultades
ejecutivas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales;
Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) crearon el Sistema Nacional de
Competencias con el objeto de organizar las instituciones, planes, programas, políticos
y actividades relacionadas con el ejercicio de las competencias que corresponden a
cada nivel de gobierno guardando los principios de autonomía, coordinación,
complementariedad y subsidiariedad;
Que la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 264 número 13 y en
concordancia con el literal m) del artículo 55 del COOTAD prevén entre las
competencias exclusivas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados del nivel
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ORDENANZA No. GADMCLC-CM-2021-229
municipal, la de gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de
incendios;
Que el artículo 389 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que "El
Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos
negativos de los desastres, la recuperación y mantenimiento de las condiciones
sociales, económicas y ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de
vulnerabilidad";
orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: La Constitución; los
tratados y convenios internacionales; las leyes orgánicas; las leyes ordinarias; las
normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos; las
ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demás actos y decisiones de los
poderes públicos. En caso de conflicto entre normas de distinta jerarquía, la Corte
Constitucional, las juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y
servidores públicos, lo resolverán mediante la aplicación de la norma jerárquica
superior. La jerarquía normativa considerará, en lo que corresponda, el principio de
competencia, en especial la titularidad de las competencias exclusivas de los gobiernos
autónomos descentralizados;
Atribuciones del concejo municipal.- Al concejo municipal le corresponde: a) El ejercicio
de la facultad normativa en las materias de competencia del gobierno autónomo
descentralizado municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos
y resoluciones; b) Regular, mediante ordenanza, la aplicación de tributos previstos en la
ley a su favor; c) Crear, modificar, exonerar o extinguir tasas y contribuciones
especiales por los servicios que presta y obras que ejecute; d) Expedir acuerdos o
resoluciones, en el ámbito de competencia del gobierno autónomo descentralizado
municipal, para regular temas institucionales específicos o reconocer derechos
particulares;
Que el artículo 140 del CódigoOrgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización (COOTAD), prevé "La gestión de riesgos incluye las acciones de
prevención, reacción, mitigación, reconstrucción y transferencia, para enfrentar todas
las amenazas de origen natural o antrópico que afecten al cantón" y que los cuerpos de
bomberos serán considerados como entidades adscritas a los gobiernos autónomos
descentralizados municipales quienes funcionarán con autonomía administrativa y
financiera, presupuestaria y operativa, observando la ley especial y normativas
vigentes a las que estarán sujetos;"
Que el artículo 3 del Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y
Orden Público, manifiesta "Las entidades reguladas en este Código, de conformidad a
sus competencias, con la finalidad de garantizar la seguridad integral de la población,
tienen funciones de prevención, detección, disuasión, investigación y control del delito,
así como de otros eventos adversos y amenazas a las personas con el fin de garantizar
sus derechos constitucionales y la convivencia social pacífica* En ese marco realizan
operaciones coordinadas por el control de espacio público; prevención e investigación
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