GADMM #24-2021 Cantón San Francisco de Milagro: De estímulos tributarios para el fomento de nuevas inversiones que contribuyan al desarrollo del cantón

Número de Boletín1797
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 16 de diciembre de 2021 Edición Especial Nº 1797 - Registro Ocial
78
REPÚBLICA DEL ECUADOR
Ordenanza GADMM #24-2021
Página 1 de 8
Dirección: JUAN MONTALVO Y BOLÍVAR (Esquina)
Teléfono: 04 -2970082
Código Postal: 09-17-06
Email: alcaldia@gadmilagro.gob.ec
GUAYAS - ECUADOR
www.milagro.gob.ec
EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN FRANCISCO DE
MILAGRO.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
En el año 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró pandemia
internacional, por la situación de emergencia de salud pública, provocada
por el coronavirus SARS-CoV-2, causante del COVID-19.
Milagro es uno de los cantones que ha sufrido a causa de la pandemia,
considerando lo dispuesto por la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económicos («OCDE»), quien advirtió el impacto negativo que
podría llegar a ocasionar en la economía, recomendando prever medidas
fiscales para prevenir y modular estos efectos. Las medidas a implementar
abordarían la perspectiva nacional y local.
La actual administración municipal del cantón San Francisco de Milagro, con
la finalidad de reactivar la economía de nuestro cantón, ha contemplado
emitir una ordenanza con estímulos tributarios para incentivar nuevas
inversiones en el cantón.
En la actualidad no se cuenta con dicho instrumento jurídico, donde se
pueda motivar a la inversión desde diferentes aspectos para aquello.
En este sentido, se mantuvieron reuniones con varios empresarios de la
ciudad, con la finalidad de comentar el proyecto, en el cual se recogieron
observaciones para analizar su viabilidad jurídica y financiera.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, dispone en el Art. 238,
consagra la plena autonomía política, administrativa y financiera de los
gobiernos autónomos descentralizados;
que el régimen de gobiernos autónomos descentralizados se regirá por la ley
correspondiente, que establecerá un sistema nacional de competencias de
carácter obligatorio y progresivo y definirá las políticas y mecanismos para
compensar los desequilibrios territoriales en el proceso de desarrollo.
Autonomía y Descentralización ‘COOTAD´ determina que, dentro de las
funciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, le corresponde
a éste el diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de
equidad e inclusión en su territorio, en el marco de sus competencias
constitucionales y legales;

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