Resoluciones parroquiales rurales. GADTARQUI-34-2022 Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural de Tarqui: Apruébese la propuesta de la alineación del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, al Nuevo Plan Nacional de Desarrollo 2021 - 2025 denominado Plan de Creación de Oportunidades 2021 - 2025

Número de Boletín264
SecciónResoluciones parroquiales rurales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 14 de junio 2022 Edición Especial Nº 264 - Registro Ocial
46
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
NRO. GADTARQUI-34-2022
SR. GALO PATRICIO ZHAGUI PEREZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO
PARROQUIAL DE TARQUI.
ACTUALIZACION DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO
TERRITORIAL DE LA PARROQUIA TARQUI, CANTON CUENCA,
PROVINCIA DEL AZUAY
CONSIDERANDO:
Que, el art. 225 de la Constitución de la República establece: El sector público
comprende: Numeral 2: Las Entidades que integran el régimen autónomo
descentralizado;
Que, el art. 238 de la Constitución de la República indica: Los gobiernos autónomos
descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán
por los principios de solidaridad, subsidiaridad, equidad interterritorial, integración y
participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión
del territorio nacional.
Constituyen gobiernos autónomos descentralizados las Juntas Parroquiales Rurales, los
concejos municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los
consejos regionales.
Que, el art. 239 de la Constitución de la República dispone: El régimen de gobiernos
autónomos descentralizados se regirá por la ley correspondiente, que establecerá un
sistema nacional de competencias de carácter obligatorio y progresivo y definirá las
políticas y mecanismos para compensar los desequilibrios territoriales en el proceso de
desarrollo;
Que, el art. 241 de la Constitución de la República prescribe: La Planificación garantizará
el ordenamiento territorial y será obligatoria en todos los gobiernos autónomos
descentralizados;
Descentralización, establece como función de los Gobiernos Autónomos
Descentralizados Parroquiales Rurales, entre otras, la de elaborar el Plan Parroquial Rural
de Desarrollo, el de Ordenamiento Territorial y las Políticas Públicas; ejecutar las
acciones del ámbito parroquial que se deriven de sus competencias, de manera coordinada
con la planificación cantonal y provincial; y, realizar en forma permanente, el
seguimiento y rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las metas establecidas;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR