Acuerdos 242. Incorpórase el Presupuesto General del Estado para el año 2013, aprobado por la Asamblea Nacional, al Presupuesto General del Estado Prorrogado y Codificado al 31 de julio de 2013
Número de Boletín | 129-Primer Suplemento |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Finanzas |
Fecha de la disposición | 31 de Julio de 2013 |
EL MINISTRO DE FINANZAS
Considerando:
Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 154 Constitución de la República del Ecuador, corresponde a las ministras y ministros de Estado expedir los acuerdos y resoluciones que requiera la gestión ministerial;
Que el artículo 286 de la Constitución de la República, establece que las finanzas públicas, en todos los niveles de gobierno se conducirán de forma sostenible, responsable y transparente y procurarán la estabilidad económica;
Que el tercer inciso del artículo 295 de la Constitución de la República dispone que: "Hasta que se apruebe el presupuesto del año en que se posesiona la Presidenta o Presidente de la República, regirá el presupuesto anterior. Cualquier aumento de gastos durante la ejecución presupuestaria deberá ser aprobado por la Asamblea Nacional, dentro del límite establecido por la ley";
Que el artículo 70 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, define como Sistema Nacional de Finanzas Públicas (SINFIP) al conjunto de normas, políticas, instrumentos, procesos, actividades, registros y operaciones que las entidades y organismos del Sector Público, deben realizar con el objeto de gestionar en forma programada los ingresos, gastos y financiamientos públicos, con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo y a las políticas públicas establecidas en dicho Código;
Que el artículo 71 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, respecto a la rectoría del Sistema Nacional de Finanzas Públicas, dispone: "La rectoría del SINFIP corresponde a la Presidenta o Presidente de la República, quien la ejercerá a través del Ministerio a cargo de las finanzas públicas, que será el ente rector del SINFIP.";
Que el numeral 6 del artículo 74 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, dispone que es...
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