Ordenanzas Municipales. Cantón Nangaritza: Que reglamenta la gestión integral de los desechos sólidos en la ciudad de Guayzimi y sus barrios aledaños

Número de Boletín823-Primer Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2012

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO

AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL

CANTÓN NANGARITZA

Considerando:

Que, el Art. 14 de la Constitución de la República prescribe: "Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados."

Que, el Art. 66 numeral 27, reconoce a las personas "EI derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza."

Que, es competencia de los gobiernos municipales de acuerdo al Art. 264 numeral 4 de la Constitución de la República del Ecuador, el manejo de los residuos sólidos y más actividades de saneamiento ambiental.

Que, el Art. 238 de la Constitución de la República contempla y garantiza la autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos seccionales.

Que, el primer inciso del Art. 5 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización indica que la autonomía consiste en el derecho y la capacidad efectiva de estos niveles de gobierno para regirse mediante normas propias, en sus respectivas circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes.

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en el Art. 7 establece en favor de los gobiernos seccionales autónomos su capacidad para dictar normas de carácter general, a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial.

Que, el Art. 1 de la Ley de Gestión Ambiental establece los principios y directrices de la política ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores públicos y privados en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia;

Que, la gestión de los residuos sólidos debe ser considerada en forma integral desde la generación, clasificación, recolección y tratamiento.

Que, es un deber de la Municipalidad velar por la salud de la comunidad a fin de proporcionarles y propender a su bienestar físico, mental y social.

Que, es necesario contar con una ordenanza que reglamente las normas de la gestión integral de los residuos sólidos en el cantón.

En ejercicio de la facultad y competencia que le confieren los artículos 240 y 264 de la Constitución de la República, en armonía con lo previsto en los artículos 7 y 57 letra a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

Expide:

LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA

GESTIÓN INTEGRAL DE LOS DESECHOS SÓLI-

DOS EN LA CIUDAD DE GUAYZIMI Y SUS

BARRIOS ALEDAÑOS EN EL CANTÓN

NANGARITZA

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 52
CAPÍTULO I Artículos 1 a 3

ÁMBITO, OBJETO, JURISDICCIÓN Y RESPONSABILIDADES

Art. 1 ÁMBITO Y JURISDICCIÓN.- La presente ordenanza regula el manejo de los desechos sólidos dentro de la jurisdicción del cantón Nangaritza.
Art. 2 OBJETO.- Esta ordenanza tiene por objeto regular el manejo de desechos sólidos en las fases de: barrido, recolección, transporte, almacenamiento, tratamiento (manipulación, reciclaje y relleno sanitario) y disposición final de los mismos.
Art. 3 DE LA RESPONSABILIDAD.- Es responsabilidad de este Gobierno Municipalidad a través de la Dirección de Obras Públicas o de la Unidad que corresponda, el manejo técnico de los desechos sólidos conforme lo establece la Constitución, el Código de la Salud y el COOTAD y demás instrumentos jurídicos pertinentes.

La Municipalidad podrá concesionar al sector privado, crear empresas públicas o realizar directamente la prestación del servicio de gestión integral de los desechos sólidos.

Es obligación de los habitantes de la ciudad de Guayzimi y sus barrios aledaños, colaborar con la Municipalidad en el manejo técnico de los desechos sólidos, para lo cual deberán separar desde su origen los residuos sólidos tanto orgánicos, inorgánicos, como materiales reciclables previa su entrega a los vehículos recolectores en los horarios y frecuencias establecidas para cada sector de la ciudad.

CAPÍTULO II Artículos 4 a 7

HECHO GENERADOR, SUJETO ACTIVO Y

PASIVO, BASE IMPONIBLE Y TARIFAS

Art. 4 Hecho generador.- Constituye hecho generador, el servicio de recolección, transporte y tratamiento de los desechos sólidos que efectúa la Municipalidad, a todas las personas naturales y jurídicas de la ciudad de Guayzimi y sus barrios aledaños.
Art. 5 El sujeto activo.- El sujeto activo de esta tasa es el Gobierno Municipal de Nangaritza a través de la dependencia correspondiente.
Art. 6 Los sujetos pasivos.- Los sujetos pasivos de la tasa son los usuarios del servicio de recolección de desechos, los organizadores de espectáculos públicos y los vendedores en mercados y ferias libres.

Los usuarios del servicio de recolección de basura pagarán los siguientes valores mensuales: los usuarios de tipo residencial US$ 0.80 (OCHENTA CENTAVOS DE DÓLAR), y los usuarios de tipo comercial US$ 1.20 (UN DÓLAR VEINTE CENTAVOS DE DÓLAR). Estos valores serán cobrados al momento que cancelen el valor de consumo de agua potable.

Art. 7 Los organizadores de espectáculos públicos de carácter lucrativo, mítines políticos, etc., cancelarán el valor de 10 dólares por el servicio de recolección de basura previa obtención del permiso otorgado por la Municipalidad para la realización del evento.
TÍTULO II Artículos 8 a 35

TIPOS DE DESECHOS Y RECIPIENTES

CAPÍTULO I Artículo 8

DEFINICIÓN Y TIPOS DE DESECHOS

Art. 8 Para el manejo de los desechos generados en la ciudad de Guayzimi y sus barrios aledaños la Municipalidad define los siguientes tipos:

Desechos biodegradables.- Lo que se pudre, y se compone de : Desechos domésticos de origen animal o vegetal, desechos producidos en jardines, mercados, ferias libres y parques, que por tratarse de desechos de cosas originalmente vivas, serán recicladas para la producción de abono orgánico (humus). Estos desechos deberán ser almacenados por separado en recipientes de color verde que permitan su identificación;

Desechos no biodegradables.- Lo que no se pudre, y se compone de:

Vidrios, cerámicas, plásticos, cauchos, latas, telas, alambres y otros sintéticos que deberán ser almacenados en forma separada para la recolección en recipientes de color negro.

Los desechos tales como: el periódico, cuadernos, revistas, cartulinas, cartón y otros compuestos, a pesar de ser desechos biodegradables, para el presente proyecto serán almacenados en el recipiente de color negro. Esto para efectos de reciclaje;

Desechos peligrosos de alto riesgo.- Desechos peligrosos, son todos aquellos residuos que por su toxicidad pueden causar impactos ambientales negativos, estos pueden ser provenientes de hospitales, clínicas, laboratorios, consultorios médicos y dentales, los mismos que deberán ser almacenados en fundas de color rojo de alta resistencia y tratados internamente, recolectados, transportados y eliminados en forma separada; y,

Desechos inútiles.- Son todos los residuos que no pueden ser reutilizados, y que deberán ser almacenados en fundas plásticas de color negro, estos serán eliminados en el relleno sanitario de acuerdo a normas técnicas establecidas para el efecto.

CAPÍTULO II Artículos 9 a 14

RECIPIENTES TIPOS Y UTILIZACIÓN

Art. 9 Los recipientes a utilizarse para el almacenamiento de desechos sólidos en la ciudad de Guayzimi y sus barrios aledaños, serán de tres tipos: recipientes plásticos, fundas de polietileno y colectores estacionarios.
Art. 10 El recipiente plástico será de forma cónica, construido ya sea con polietileno reforzado, caucho vulcanizado, resistente a la oxidación, a la humedad y de alta durabilidad

Su capacidad estará comprendida entre los 11 y 13 galones, dotados con sistemas de agarraderas de fácil manipulación y tapas de ajuste suficiente para evitar la propagación de malos olores.

La Municipalidad entregará para su recolección, la cantidad necesaria de...

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