Resoluciones parroquiales rurales. Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural de Carlos Concha Torres: De aprobación de la actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial por Alineación de los Objetivos y Metas del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, a los Objetivos y Metas del Plan Nacional de Desarrollo 2021 - 2025

Número de Boletín280
SecciónResoluciones parroquiales rurales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 21 de junio de 2022 Edición Especial Nº 280 - Registro Ocial
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GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL
RURAL “CARLOS CONCHA TORRES”
Registro Oficial Nº 303 del martes 19 de octubre del 2010
RUC: 0860028760001 - CODIGO: 080153
Carlos Concha Esmeraldas Ecuador
Dirección: Calle 10 de septiembre entre Ángel Neira y Jesús Palacios
Tell: 0989213712
E-mail: gadcarlosconchatorres@gmail.com
LA SRA. BLANCA GRACIELA SAAVEDRA SALAZAR PRESIDENTA DE LA JUNTA DEL GOBIERNO
AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE LA PARROQUIA RURAL DE CARLOS CONCHA TORRES.
RESOLUCIÓN
CONSIDERANDO:
determina que forman parte del sector público -Las entidades que integran el
régimen autónomo descentralizado- y -Los organismos y entidades creados por la
Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de
servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado-.
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República, establece que las instituciones del
Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el
goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República, manda que -La administración
pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de
eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación-.
Que, el artículo 233 de la Constitución de la República, prescribe: “Ninguna servidora ni
servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el
ejercicio de sus funciones” (…).
Que, la Constitución de la República, en su artículo 238, inciso primero, establece que
constituyen gobiernos autónomos descentralizados: las juntas parroquiales rurales,
los concejos municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los
consejos regionales.
Que, la Constitución de la República, en el artículo 241 establece que la planificación
garantizará el ordenamiento territorial y será obligatoria en todos los gobiernos
autónomos descentralizados.
Que, la Constituciónde la República, precisa en el artículo 260 que el ejercicio de las
competencias exclusivas no excluirá el ejercicio concurrente de la gestión en la

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