GSEP-2019-0009 Apruébese la Re-delimitación a 119,22 hectáreas; la inclusión de la tipología industrial; y, la vigencia del plazo a 50 años, en función del contrato con la Autoridad Portuaria de Guayaquil de la Zona Especial de Desarrollo Económico (ZEDE) Posorja y otros
Fecha de publicación | 08 Abril 2020 |
Número de Gaceta | 179 |
6 – Miércoles 8 de abril de 2020 Registro Ofi cial Nº 179
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
efi cacia, efi ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planifi cación, transparencia y evaluación […]”;
Que, el artículo 1 del Código Orgánico Administrativo
(COA) publicado en el Segundo Suplemento del Registro
Ofi cial No. 31 de 07 de julio de 2017, dispone que su
objeto es regular el ejercicio de la función administrativa
de los organismos que conforma el sector público;
Que, el artículo 28 del COA establece el Principio de
Colaboración, en el que las administraciones trabajarán
de manera coordinada, complementaria y prestándose
auxilio mutuo. Acordarán mecanismos de coordinación
para la gestión de sus competencias y el uso efi ciente de
los recursos.
Que, el Capítulo Segundo, Título I del COA, establece el
régimen jurídico, integración, competencias, organización
y demás normas para el funcionamiento de los Órganos
Colegiados de Dirección;
Que, el Decreto Ejecutivo No. 660 emitido el 5 de
febrero 2019, conforma los Gabinetes Sectoriales a fi n
de fortalecer la revisión, articulación, coordinación,
armonización y aprobación intersectorial contemplados
por el Plan de Optimización del Estado que reorganizó la
Función Ejecutiva;
Que, el literal h del artículo 3 del Decreto Ejecutivo
No. 660 establece como atribución de los gabinetes
sectoriales: “Validar los proyectos normativos diseñados
por sus miembros, previo a la presentación a las instancias
competentes de la Presidencia de la República”.
Que, el artículo 21 del Reglamento para el funcionamiento
del Gabinete Sectorial Económico y Productivo, publicado
mediante Resolución No. GSEP-2019-0001 de 14 de
febrero de 2018, dispone que: “Las decisiones tomadas
por el Gabinete Sectorial Económico y Productivo son de
carácter vinculante para todos sus miembros y su ejecución
será responsabilidad de los organismos competentes, de
acuerdo a la materia de que se traten. […]”;
Que la Secretaría General Jurídica de la Presidencia de
la República del Ecuador mediante Ofi cio-Circular No.
T. 127-SGJ-19-0201 de 14 de marzo de 2019, se refi rió
al Procedimiento para el envío de proyectos de Leyes y
Reglamentos Generales; ofi cio en el cual, señala: “[…]
2.- Validación de la propuesta.- Una vez elaborada la
propuesta normativa el ministerio sectorial u organismo
nacional competente solicitará la validación del proyecto
por parte del Gabinete Sectorial correspondiente, de
conformidad con lo determinado en el Decreto Ejecutivo
No. 660, de 05 de febrero de 2019”.
Que, el Secretario del Gabinete Sectorial Económico
y Productivo con Ofi cio No. SGSEP-2019-0358-O de
19 de noviembre de 2019, convoca a los miembros con
derecho a voto a la Quinta Sesión Extraordinaria para la
presentación, conocimiento y validación de la “Propuesta
de Ley Económica Urgente”.
Que, el Gabinete Sectorial Económico y Productivo en
su Quinta Sesión Extraordinaria llevada a cabo el 19 de
noviembre de 2019; conoció y validó el “Proyecto de Ley
Económica Urgente” el cual fue aprobado por mayoría
simple por los miembros con derecho a voto; y,
En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la
normativa legal vigente,
Resuelve:
Artículo Único.- Conocer y validar el “Proyecto de Ley
Económica Urgente” presentado por el Servicio de Rentas
Internas y el Ministerio de Economía y Finanzas.
Disposición General Únic a.- La presente Resolución
entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de
su publicación en el Registro Ofi cial.
Dado y suscrito en el Pleno del Gabinete Sectorial
Económico y Productivo, en la ciudad de San Francisco
de Quito, Distrito Metropolitano, a los diecinueve días del
mes de noviembre de dos mil diecinueve.
f.) Richard Martínez Alvarado, Ministro de Economía y
Finanzas, Presidente del Gabinete Sectorial Económico y
Productivo.
CERTIFICO.- Que la Resolución que antecede fue
aprobada por mayoría simple, en la Quinta Sesión
Extraordinaria de 19 de noviembre de 2019 del Gabinete
Sectorial Económico y Productivo realizada.
f.) José Andrés López, Secretario Ad hoc, Gabinete
Sectorial Económico y Productivo.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.- Certifi co
fi el copia del documento original que reposa en la Dirección
de Certifi cación y Documentación.- Fecha: 28 de febrero
de 2020.- f.) Director de Certifi cación y Documentación,
Ministerio de Economía y Finanzas.- 1 foja.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
No. GSEP-2019-0009
EL GABINETE SECTORIAL
ECONÓMICO Y PRODUCTIVO
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
del Ecuador consagra el principio de legalidad, el cual
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