Resoluciones. GSP-2022-005 Autorícese la redelimitación a 131.6 hectáreas (reducción de 68.4 hectáreas) de la Zona Especial de Desarrollo Económico (ZEDE) del Litoral con Tipología Industrial y Tecnológica

Número de Boletín353
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
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Viernes 14 de julio de 2023 Cuarto Suplemento Nº 353 - Registro Ocial
RESOLUCIÓN No. GSP-2022-005
EL GABINETE SECTORIAL PRODUCTIVO
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone “Las instituciones del
Estado, sus organismos, dependencias, servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal, tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer
efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la Re blica, determina: La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad,
jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación,
transparencia y evaluación”;
Que, el numeral 2 del artículo 276 de la Constitución de la República del Ecuador, prevé: El régimen
de desarrollo tendrá los siguientes objetivos (…) 2. Construir un sistema económico, justo,
democrático, productivo, solidario y sostenible basado en la distribución igualitaria de los beneficios
del desarrollo, de los medios de producción y en la generación de trabajo digno y estable (…)”;
Que, el numera l 2 del artículo 284 de la Constitución de la República del Ecuador, señala: La política
económica tendrá los siguientes objetivos: 2. Incentivar l a producción nacional, la productividad y
competitividad sistémicas, la acumulación del conocimiento científico y tecnológico, la inserción
estratégica en la economía mundial y las actividades productivas complementarias en la integración
regional (…)”;
Que, el artículo 1 del Código Orgánico Administrativo (COA) publicado en el Segundo Suplemento del
Registro Oficial No. 31 de 07 de julio de 2017, señala: “Este Código regular el ejercicio de la función
administrativa de los organismos que conforma el sector público;
Que, el artículo 28 del COA, dispone: Las administraciones trabajarán de manera coordinada,
complementaria y prestándose auxilio mutuo. Acordarán mecanismos de coordinación para la
gestión de sus competencias y el uso eficiente de los recursos (…);
Que, el Capítulo Segundo del COA, al respecto de los Órganos Colegiados de Dirección, establece: el
régimen jurídico, integración, competencias, organización y demás normas para el funcionamiento
de los Órganos Colegiados de Dirección;
Que, el artículo 34 del Código Ornico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI) establece:
El Gobierno nacional podrá autorizar el establecimiento de Zonas Especiales de Desarrollo
Económico (ZEDE), como un destino aduanero, en espacios delimitados del territorio nacional, para
que se asienten nuevas inversiones, con los incentivos que se detallan en la presente normativa; los
que estarán condicionados al cumplimiento de los objetivos espec íficos establecidos en este Código,

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