Resolución IFCI-DE-2021-0037-R Expídense las reformas al Instructivo de Jurados de los Concursos Públicos del IFCI y otro

Fecha de publicación10 Septiembre 2021
Número de Gaceta535
Viernes 10 de septiembre de 2021 Registro Ocial Nº 535
36
Dirección: Av. Amazonas N24-196 y Luis Cordero. Edif‌icio Contempo.
Código postal: 170524 / Quito, Ecuador.
Teléfono: 593-2-3931250 - www.creatividad.gob.ec
Instituto de Fomento
a la Creatividad y la Innovación
Resolución Nro. IFCI-DE-2021-0037-R
Quito, D.M., 12 de agosto de 2021
INSTITUTO DE FOMENTO A LA CREATIVIDAD Y LA INNOVACIÓN
MGS. BERNARDO FRANCISCO CAÑIZARES ESGUERRA
DIRECTOR EJECUTIVO (E)
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 105 de la Ley Orgánica de Cultura, respecto a la asignación de los recursos del
fondo de fomento, explicita que: “() Dichos incentivos deberán otorgarse a los beneficiarios por
medio de sistemas normados, con mecanismos de postulación y evaluación técnicos, transparentes,
incluyentes y sostenibles, preferentemente concursos públicos de proyectos, y respetando criterios
de calidad, eficiencia y democratización.”;
Que, en el artículo 110 de la referida Ley, creó el Fondo de Fomento de las Artes, la Cultura y la
Innovación, “() de conformidad con lo previsto en el Código de Planificación y Finanzas
Públicas.- Este fondo asignará recursos, de carácter no reembolsable, a los creadores, productores
y gestores culturales, de conformidad a la normativa que se emita para el efecto, buscando el
fortalecimiento artístico, cultural y creativo de nuestra sociedad, con criterios de calidad,
diversidad, equidad territorial e interculturalidad.”;
Que, los artículos 131 y 139 de la Ley Orgánica de Cultura, manda que los fondos reembolsables y
no reembolsables, deberán otorgarse a los beneficiarios por medio de sistemas de concurso público
de proyectos, realizando el seguimiento y control al uso de tales recursos;
Que, el numeral 1 del artículo 17 del Reglamento de Administración y Uso del Fondo de Fomento
de las Artes, la Cultura y la Innovación, regula que: “() 1. El Sistema de Concurso Público de
Proyectos para fondos no reembolsables, contará con un Jurado conformado con representantes de
Instituciones Públicas y representantes externos a la Institución administradora de la línea de
financiamiento, que acrediten conocimiento en las áreas de cultura, patrimonio y/o temáticas
relacionadas con las bases técnicas emitidas para cada convocatoria, que será conformado por la
Entidad o instancia administradora de la Línea de Financiamiento del Fondo de Fomento.”;
Que, mediante Resolución Nro. IFCI-DE-2020-0029-R de 30 de noviembre del 2021, se expidió el
Instructivo para la Administración y Cierre de los Convenios de Fomento del Instituto de Fomento
a la Creatividad y la Innovación;
Que, mediante Resolución Nro. IFCI-DE-2021-0021-R de 01 de junio de 2021, se expidió el
Instructivo de Jurados de los Concursos Públicos del Instituto de Fomento a la Creatividad y la
Innovación;
Que, con memorando Nro. IFCI-DE-2021-0364-M de 26 de julio de 2021, el Director Ejecutivo (e)
solicitó al Director de Asesoría Jurídica, proceda “() a la reforma del el Art. 5 del Instructivo
para la selección de jurados de las líneas de fomento, de acuerdo a reunión mantenida en días
anteriores.”;
1/8
* Documento firmado electrónicamente por Quipux

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR