Resoluciones. IFCI-DE-2021-0040-R Dispónese la publicación y difusión de varios instrumentos

Número de Boletín563
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO DE FOMENTO A LA CREATIVIDAD Y LA INNOVACIÓN
Jueves 21 de octubre de 2021 Registro Ocial Nº 563
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Instituto de Fomento
a la Creatividad y la Innovación
Resolución Nro. IFCI-DE-2021-0040-R
Quito, D.M., 27 de agosto de 2021
INSTITUTO DE FOMENTO A LA CREATIVIDAD Y LA INNOVACIÓN
MGS. XIMENA KARINA FERNANDEZ SILVA
DIRECTORA EJECUTIVA (E)
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, garantiza que serán
responsabilidades del Estado, en el ámbito cultural, entre otros: “() 5. Apoyar el ejercicio de
las profesiones artísticas.- 6. Establecer incentivos y estímulos para que las personas,
instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y
financien actividades culturales.- 7. Garantizar la diversidad en la oferta cultural y promover
la producción nacional de bienes culturales, así como su difusión masiva.- 8. Garantizar los
fondos suficientes y oportunos para la ejecución de la política cultural.”;
Que, la Ley Orgánica de Cultura creó el Fondo de Fomento de las Artes, la Cultura y la
Innovación que asigna recursos de carácter no reembolsable a creadores, productores y
gestores culturales, buscando el fortalecimiento artístico, cultural y creativo;
Que, los artículos 131 y 139 de la Ley Orgánica de Cultura, establecen que los fondos
reembolsables y no reembolsables deberán otorgarse a los beneficiarios por medio de sistemas
de concurso público de proyectos y respetando criterios de calidad, eficiencia y
democratización;
Que, el artículo 10 de la Ley Orgánica para la Institucionalización del Festival Internacional
de Artes Vivas de Loja, ordena: “El ente rector del Fomento de las Artes, Innovación y
Creatividad, como administrador de la Línea de Financiamiento de las Artes y la Creatividad
del Fondo de Fomento de las Artes, la Cultura y la Innovación, establecerá un porcentaje de
estos recursos para financiar el fomento, la promoción y difusión de las actividades que
realicen los creadores, productores y gestores culturales en el marco del "Festival
Internacional de Artes Vivas de Loja -FIAVL-" y Programa Nacional "Camino a Loja", a
través de fondos concursables de carácter no reembolsable bajo los criterios de calidad,
diversidad, equidad territorial e interculturalidad, de conformidad a la normativa que se
emita para el efecto.”;
Que, el artículo 87 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Cultura, expresa que: “La
asignación de los recursos a los beneficiarios de los incentivos se realizará de acuerdo a las
bases emitidas por las entidades administradoras del Fondo, conforme a lo dispuesto en el
segundo inciso del Art. 105 de la Ley.”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1039 de 08 de mayo de 2020, el Presidente
Constitucional de la República del Ecuador, dispuso: “Fusiónese el Instituto de Fomento de
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux
Jueves 21 de octubre de 2021Registro Ocial Nº 563
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Instituto de Fomento
a la Creatividad y la Innovación
Resolución Nro. IFCI-DE-2021-0040-R
Quito, D.M., 27 de agosto de 2021
las Artes, Innovación y Creatividad, y el Instituto de Cine y Creación Audiovisual, en una sola
entidad denominada ‘Instituto de Fomento y Creatividad a la Innovación’, adscrita el
Ministerio de Cultura y Patrimonio”;
Que, la Disposición General Primer del Reglamento de Administración y Uso del Fondo de
Fomento de las Artes, la Cultura y la Innovación, expedido mediante Acuerdo Ministerial Nro.
MCYP-MCYP-20-0025-A de 18 de noviembre de 2020, determina que [e]l Instituto de
Fomento a la Creatividad y la Innovación y los otros Administradores de las Líneas de
Financiamientos que determine el ente rector de la cultura y patrimonio, formularán las bases
técnicas para la aprobación del ente rector de cultura y patrimonio, para realización de las
convocatorias públicas de las Líneas de Financiamiento a su cargo.”;
Que, el Directorio del Instituto de Fomento a la Creatividad y la Innovación, en la quinta
sesión extraordinaria celebrada el 27 de julio de 2021, mediante Resolución Nro.
DIR-IFCI-009-2021-SE resolvió “APROBAR la reforma al Plan Operativo de Fomento
POF del Instituto de Fomento a la Creatividad y la Innovación correspondiente al año 2021,
con un presupuesto total de USD $ 7’222.186,47, de acuerdo al Informe Técnico presentado
por la autoridad ejecutiva de 27 de julio de 2021.”, que incluye la línea transversal “Festival
Internacional de Artes Vivas de Loja” con un presupuesto total de USD $ 233.400;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MCYP-MCYP-2021-0103-A de 05 de agosto del
2021, la señora Ministra de Cultura y Patrimonio aprobó la reforma al Plan Operativo de
Fomento del Instituto de Fomento a la Creatividad y la Innovación correspondiente al año
2021;
Que, mediante Acción de Personal Nro. IFCI-0080-2021 de 14 de agosto del 2021, se nombró
a Mgs. Ximena Karina Fernández Silva en calidad de Directora Ejecutiva (e) del Instituto de
Fomento a la Creatividad y la innovación;
Que, a través del oficio Nro. MCYP-MCYP-2021-644-O de 26 de agosto del 2021, la señora
Ministra de Cultura y Patrimonio, aprobó las bases técnicas de los siguientes concursos
públicos: “Programación del FIAVL - 6ta Edición”, “Programa Nacional Camino a Loja
2021” y “Escuela del Festival 2021”; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Cultura y su Reglamento
General,
RESUELVE:
Artículo 1.- DISPONER, la publicación y difusión de los siguientes instrumentos:
1. BASES TÉCNICAS DEL CONCURSO PÚBLICO PARA FINANCIAR EL
FOMENTO, LA PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE LAS ACTIVIDADES QUE
REALICEN LOS CREADORES, PRODUCTORES Y GESTORES CULTURALES EN
EL MARCO DE LA “PROGRAMACIÓN 2021-FIAVL 6ta EDICIÓN".
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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