Resoluciones. IFTH-IFTH-2019-0011-R Emítese el Reglamento para la conformación y funcionamiento del Comité de Transparencia

Número de Boletín499
SecciónResoluciones
EmisorInstituto de Fomento al Talento Humano
24 – Viernes 31 de mayo de 2019 Registro Of‌i cial Nº 499
Que con Memorando Nro. MREMH-DGCING-2019-
0130-M, de 8 de abril de 2019, la Dirección de Gestión de
la Cooperación Internacional No Gubernamental emitió
el Informe Técnico No. IT-MREMH-2019-007, a la
Dirección de Asesoría Jurídica y Patrocinio en Derecho
Nacional, a f‌i n de continuar con el proceso de renovación del
convenio de la organización ENGIM INTERNAZIONALE
en el país;
Que con Memorando Nro. MREMH-DAJPDN-2019-
0225-M, de 30 de abril de 2019, la Dirección de Asesoría
Jurídica y Patrocinio en Derecho Nacional emitió Dictamen
Jurídico favorable para proceder con la renovación del
convenio entre la Organización No Gubernamental
extranjera ENGIM INTERNAZIONALE y el Gobierno de
la República del Ecuador;
En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 2
del Decreto Ejecutivo N°. 1202, de 13 de octubre de 2016,
en el artículo 25 del Decreto Ejecutivo No.193, de 23 de
octubre de 2017, y en el Artículo 1 del Acuerdo Ministerial
No. 0000007, de 06 de febrero de 2019;
Resuelve:
Artículo 1.- Suscribir un Convenio Básico de
Funcionamiento entre la República del Ecuador y la
Organización No Gubernamental extranjera ENGIM
INTERNAZIONALE.
Artículo 2.- Disponer a la Dirección de Gestión de
Cooperación Internacional No Gubernamental elabore el
proyecto de Convenio Básico de Funcionamiento con la
referida Organización No Gubernamental extranjera.
Artículo 3.- Disponer a la Dirección de Gestión de
Cooperación Internacional No Gubernamental notif‌i que
el contenido de la presente resolución al representante
legal de la Organización No Gubernamental extranjera
en el Ecuador, a f‌i n de suscribir el Convenio Básico de
Funcionamiento en el término de 15 días.
Artículo 4.- Disponer a la Dirección de Gestión de
Cooperación Internacional No Gubernamental informe
sobre la suscripción del Convenio Básico de Funcionamiento
a las siguientes entidades:
a) Servicio de Rentas Internas;
b) Servicio Nacional de Aduana del Ecuador;
c) Secretaría Nacional de Gestión de la Política;
d) Unidad de Análisis Financiero y Económico;
e) Ministerio del Trabajo;
f) Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social;
g) Ministerio de Inclusión Económica y Social;
h) Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Artículo 5.- Disponer a la Dirección de Gestión
Documental y Archivo de este Ministerio que realice las
gestiones para la publicación de la presente resolución, en
el Registro Of‌i cial.
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dada en la ciudad de Quito, a 16 de mayo de 2019.
f.) Embajadora Fanny de Lourdes Puma Puma,
Viceministra de Relaciones Exteriores, Integración Política
y Cooperación Internacional (S), Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y MOVILIDAD HUMANA
RAZÓN.- Siento por tal que las dos (02) fojas que
anteceden, son copias de la Resolución Administrativa
No. 0000057 del 16 de mayo de 2019, conforme el
siguiente detalle fojas: 1-2, son copias del original,
documento que reposa en la DIRECCIÓN DE GESTIÓN
DOCUMENTAL Y ARCHIVO- LO CERTIFICO.-
Quito, D.M. 20 de mayo de 2019.
f.) Emb. Francisco Augusto Riofrío Maldonado, Director
de Gestión Documental y Archivo, Encargado.
OBSERVACIÓN: Esta Dirección de Gestión Documental
y Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana no se responsabiliza por el estado
y la veracidad de los documentos presentados para la
certif‌i cación por parte de la Dirección que los custodia,
y que puedan inducir a equivocación o error, así como
tampoco por el uso doloso o fraudulento que se pueda hacer
de los documentos certif‌i cados.
Nro. IFTH-IFTH-2019-0011-R
Quito, D.M., 17 de mayo de 2019
INSTITUTO DE FOMENTO
AL TALENTO HUMANO
Mgs. Wilson Rosalino Ortega Maf‌l a
DIRECTOR EJECUTIVO SUBROGANTE
Considerando:
Ecuador determina que: “Todas las personas de manera
individual o colectiva tienen derecho a: 1. Buscar, recibir,
intercambiar, producir y difundir información veraz,
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