Decretos 1356. Decreto 1356 - Intégrase al Ministerio de Inclusión Económica y Social el Instituto de la Niñez y la Familia - INFA y el Programa de Protección Social (PPS)

Número de Boletín838
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Fecha de la disposición12 de Noviembre de 2012

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 147, numerales 3 y 5 establece que son atribuciones del Presidente de la República, definir y dirigir las políticas públicas de la Función Ejecutiva, dirigir la administración pública en forma desconcentrada y expedir los decretos necesarios para su integración, organización, regulación y control;

Que la Constitución de la República en el artículo 275, inciso segundo, señala que es deber del Estado el planificar el desarrollo del país para garantizar el ejercicio de los derechos, la consecución de los objetivos del régimen de desarrollo y los principios consagrados en la Constitución;

Que el artículo 44 de la Constitución de la República del Ecuador determina que corresponde al Estado, la sociedad y la familia promover de manera prioritaria el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes, así como asegurar el ejercicio pleno de sus derechos; para cuyo efecto se considerará el principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas;

Que el sistema nacional de inclusión y equidad social comprende e integra a los sistemas, instituciones, políticas, normas, programas y servicios que aseguran el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos reconocidos en la Constitución y el cumplimiento de los objetivos del régimen de desarrollo, según señala el artículo 340 de la Constitución de la República y, conforme al artículo 341 de la Carta Fundamental, el Estado debe generar condiciones para la protección integral de sus habitantes priorizando a aquellos grupos que requieran consideraciones especiales por la persistencia de desigualdad, exclusión, discriminación o violencia o en virtud de su condición etaria, de salud o de discapacidad;

Que el artículo 283 de la Constitución de la República, establece que el sistema económico es social y solidario y se integra por las formas de organización económica pública, privada, mixta, popular y solidaria y las demás que la Constitución determine;

Que el artículo 10 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas indica que la planificación nacional es responsabilidad y competencia del Gobierno Central y se ejerce a través del Plan Nacional de Desarrollo. Para el ejercicio de esta competencia, el Presidente de la República podrá disponer la forma en que la...

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