Acuerdos. Incorpórese Al Clasifi Cador Presupuestario De Ingresos Gastos Del Sector Público Un Subgrupo Ítem Presupuestarios
Número de Boletín | 281 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS |
Miércoles 11 de julio de 2018 – 5Registro Ofi cial Nº 281
Quito, 14 de junio del 2018, certifi co que el que antecede
es fi el copia del original.
Documento fi rmado electrónicamente.
f.) Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA DE LA
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR.
No. 067
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Considerando:
Que de conformidad con lo establecido en el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República del
Ecuador una de las atribuciones de las ministras y ministros
de Estado es: “Ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión”;
de la República respecto al manejo de las fi nanzas públicas
establece: “Las fi nanzas públicas, en todos los niveles de
gobierno se conducirán de forma sostenible, responsable y
transparente y procurarán la estabilidad económica”;
Que el artículo 70 del Código Orgánico de Planifi cación y
Finanzas Públicas, defi ne al Sistema Nacional de Finanzas
Públicas - SINFIP como: “El SINFIP comprende el conjunto
de normas, políticas, instrumentos, procesos, actividades,
registros y operaciones que las entidades y organismos del
Sector Público, deben realizar con el objeto de gestionar en
forma programada los ingresos, gastos y fi nanciamientos
públicos, con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo y a
las políticas públicas establecidas en esa Ley”;
Que el artículo 71 del Código Orgánico de Planifi cación
y Finanzas Públicas establece: “La rectoría del SINFIP
corresponde a la Presidenta o Presidente de la República,
quien la ejercerá a través del Ministerio a cargo de las
fi nanzas públicas, que será el ente rector del SINFIP”;
Que el numeral 6 del artículo 74 del Código Orgánico de
Planifi cación y Finanzas Públicas dispone que una de las
atribuciones del ente rector del SINFIP es: “Dictar las
normas, manuales, instructivos, directrices, clasifi cadores,
catálogos, glosarios y otros instrumentos de cumplimiento
obligatorio por parte de las entidades del sector público
para el diseño, implantación y funcionamiento del SINFIP
y sus componentes”;
Que el artículo 86 del Reglamento al Código Orgánico
de Planifi cación y Finanzas Públicas publicado en el
Registro Ofi cial Suplemento No. 383 de 26 de noviembre
de 2014, prevé: “Las clasifi caciones presupuestarias
son instrumentos que permiten organizar, registrar y
presentar, la información que nace de las operaciones
correlativas al proceso presupuestario, las mismas que
tendrán el carácter de obligatorio para todo el sector
público. Las clasifi caciones presupuestarias se expresarán
en los correspondientes catálogos y clasifi cadores que
serán defi nidos y actualizados por el Ministerio de
Finanzas, considerando para el efecto los requerimientos
institucionales, entre otros”;
Que el Ministerio de Economía y Finanzas mediante
Acuerdo Ministerial No. 0347 de 28 de noviembre de 2014,
convalidó la vigencia del Acuerdo Ministerial No. 447
publicado en el Registro Ofi cial No. 259 de 24 de enero
de 2008 y sus reformas, a través del cual se expidieron
las Normas Técnicas del Sistema de Administración
Financiera;
Que el Ministerio de Economía y Finanzas mediante
Acuerdo Ministerial No. 067 de 6 de abril de 2016,
publicado en el Registro Ofi cial No. 755 de 16 de mayo
de 2016, expidió la actualización de la Normativa de
Contabilidad Gubernamental y reformó el Acuerdo
Ministerial 447 publicado en el Registro Ofi cial No. 259 de
24 de enero de 2008;
Que con Ofi cio No. SENPLADES-SIP-dap-2010-71 de 5
febrero de 2010, la Secretaría Nacional de Planifi cación
y Desarrollo - SENPLADES, califi có como prioritarios
proyectos a ser ejecutados por el Ministerio de Defensa
Nacional entre los que se encuentra “Adquisición de
Armamento Calibre Mayor y Menor para la Fuerza
Terrestre”;
Que con Ofi cio Nro. MDN-SUP-2018-0242-OF de 27 de
abril de 2018, el Subsecretario de Planifi cación y Economía
de la Defensa del Ministerio de Defensa Nacional solicitó
la creación del ítem 73.10.02 “Suministros para la Defensa
y Seguridad Pública” que permita solventar las necesidades
de munición de las unidades que se encuentran ejecutando
operaciones militares en la Frontera Norte, completar la
carga básica y evitar su desabastecimiento;
Que con Informe No. MEF-SP-DNCP-2018-075 de 14
de mayo de 2018, la Directora Nacional de Consistencia
Presupuestaria de la Subsecretaría de Presupuesto manifi esta
que revisado el componente del proyecto y el requerimiento
del Ministerio de Defensa Nacional se determina que
existe la necesidad de crear el subgrupo 73.10 “Pertrechos
para la Defensa y Seguridad Pública” y el ítem 73.10.02
Suministros para la Defensa y Seguridad Pública”;
Que es necesario crear subgrupo e ítem presupuestarios
de gastos, en función de las bases legales que sustentan el
origen, naturaleza y destino de los recursos al Clasifi cador
Presupuestario de Ingresos y Gastos del Sector Público y
las cuentas contables correspondientes al Catálogo General
de Cuentas, lo que permitirá una adecuada identifi cación,
registro y administración de los fondos públicos; y,
En ejercicio de la facultad que le confi ere el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República
y el numeral 6 del artículo 74 del Código Orgánico de
Planifi cación y Finanzas Públicas;
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