Acuerdos 0127. Acuerdo 127 - Increméntense los recursos del gasto corriente, al Plan Operativo Anual 2016, para las organizaciones deportivas

Número de Boletín786-Primer Suplemento
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Deporte
Fecha de la disposición23 de Febrero de 2016

Xavier Mauricio Enderica Salgado

MINISTRO DEL DEPORTE

Considerando:

Que, el artículo 154 numeral primero de la Constitución de la Republica, determina que "las Ministras y Ministros de Estado además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requieran su gestión...";

Que, el artículo 280 de la norma suprema señalada, establece:

"El Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y competencias exclusivas entre el Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados su observancia será de carácter obligatorio para el público e indicativo para los demás sectores";

Que, el artículo 297 de la Constitución de la República del Ecuador dispone: "Todo programa .nanciado con recursos públicos tendrá objetivos, metas y un plazo predeterminado para ser evaluado, en el marco de lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo.

Las instituciones y entidades que reciban o trans.eran bienes o recursos públicos se someterán a las normas que las regulan y a los principios y procedimientos de transparencia, redición de cuentas y control público"

Que, el artículo 381 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que: "El Estado protegerá promoverá y coordinará la cultura física que comprende el deporte, la educación física y la recreación como actividades que contribuyen a la salud formación y desarrollo integral de las personas; impulsará al acceso masivo al deporte, actividades...

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