Decretos. 529 Autorícese con carácter excepcional la delegación a la iniciativa privada del Proyecto “Viaducto Sur de Guayaquil”

Número de Boletín359
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Miércoles 31 de octubre de 2018 – 3Registro Of‌i cial Nº 359 – Suplemento
Su Alteza Jeque Tamim Bin Hamad Al Thani, Emir del
Estado de Catar y dar prueba, al mismo tiempo, de su
homenaje al pueblo catarí y a su ilustre Jefe de Estado; y,
Que, en virtud de las disposiciones que le conf‌i ere el
artículo 6 del Decreto número 3109 de 17 de septiembre
del 2002, publicado en el Registro Of‌i cial 671 de 26 de
los mismos mes y año, mediante el cual se reglamenta la
concesión de la Medalla de la Orden Nacional Al Mérito
creada por Ley de 8 de octubre de 1921;
Decreta:
Art. 1o. Se conf‌i ere la Condecoración de la Orden
Nacional “Al Mérito” en el Grado de GRAN COLLAR,
a Su Alteza Jeque Tamim Bin Hamad Al Thani, Emir del
Estado de Catar.
Art. 2o. Encargase de la ejecución del presente Decreto
el Señor Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad
Humana.
Dado en Quito, en el Palacio Nacional a 1 de octubre del
2018.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
f.) José Valencia, Ministro de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana.
Quito, 3 de octubre del 2018, certif‌i co que el que antecede
es f‌i el copia del original.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
No 529
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
del Ecuador, establece: “A las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la
ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión...”;
dispone que: “Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que
les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución.”;
Ecuador, determina que la administración pública se rige
por los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación;.
manif‌i esta: “El Estado se reserva el derecho de administrar,
regular, controlar y gestionar los sectores estratégicos,
de conformidad con los principios de sostenibilidad
ambiental, precaución, prevención y ef‌i ciencia...”;
señala que el Estado será responsable de la provisión
de los servicios públicos de agua potable y de riego,
saneamiento, energía eléctrica, telecomunicaciones,
vialidad, infraestructuras portuarias y aeroportuarias, y los
demás que determine la ley;
Que, el segundo inciso del artículo 316, ibídem, determina
que el Estado podrá, de forma excepcional, delegar a la
iniciativa privada y a la economía popular y solidaria, el
ejercicio de estas actividades, en los casos que establezca
la ley;
Ecuador reconoce diversas formas de organización de la
producción en la economía, entre otras las comunitarias,
cooperativas, empresariales públicas o privadas,
asociativas, familiares, domésticas, autónomas y mixtas.
El Estado alentará la producción que satisfaga la demanda
interna y garantice una activa participación del Ecuador en
el contexto internacional;
Comercio e Inversiones, sobre el Rol del Estado en el
desarrollo Productivo, señala: “El Estado .fomentará el
desarrollo productivo y la transformación de la matriz
productiva, mediante la determinación de políticas
y la def‌i nición e implementación de instrumentos e
incentivos, que permitan dejar atrás el patrón de
especialización dependiente de productos primarios de
bajo valor agregado. Para la transformación de la matriz
productiva, el Estado incentivará la inversión productiva,
a través del fomento de: (...) h) Un desarrollo logístico
y de infraestructura que potencie la transformación
productiva, para lo que el Estado generará las condiciones
para promover la ef‌i ciencia del transporte marítimo, aéreo
y terrestre, bajo un enfoque integral y una operación de
carácter multimodal (...)”;
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