Acuerdos. INMOBILIAR-DGSGI-2019-0009 Transfiérense las atribuciones y responsabilidad correspondientes a la Zona 2, a la Matriz Planta Central de INMOBILIAR

Número de Boletín14
SecciónAcuerdos
EmisorSERVICIO DE GESTIÓN INMOBILIARIA DEL SECTOR PÚBLICO – INMOBILIAR
2 – Jueves 8 de agosto de 2019 Registro O cial Nº 14
Págs.
SERVICIO DE GESTIÓN
INMOBILIARIA DEL SECTOR
PÚBLICO -INMOBILIAR-:
INMOBILIAR-DGSGI-2019-0012 Refórmese
la Nueva Codi cación al Reglamento
para la Enajenación de Bienes”, emitida
mediante Resolución INMOBILIAR-
DGSGI-2019-0005 de 21 de mayo de
2019, publicada en el Registro O cial N°
512 de 19 de junio de 2019 ........................ 42
FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA
Y CONTROL SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA
POPULAR Y SOLIDARIA:
INTENDENCIA GENERAL TÉCNICA:
SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2019-0115
Declárese extinguida a la Cooperativa
de Ahorro y Crédito para Empresas
Comunitarias Coocrédito Ltda, en
liquidación .................................................. 43
SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2019-0178
Amplíese el plazo para la liquidación
de la Cooperativa de Ahorro y Crédito
Alli Kawsay ................................................ 46
FE DE ERRATAS:
- A la publicación de las resoluciones Nos.
SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSNF-2019-
0167 y SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQS
NF-2019-0169, emitidas por la Superin-
tendencia de Economía Popular y
Solidaria, efectuada en el Suplemento
del Registro O cial Nº 1 de 22 de julio de
2019 ............................................................. 47
No. INMOBILIAR-DGSGI-2019-0009
Nicolas Issa Wagner
DIRECTOR GENERAL
DEL SERVICIO DE GESTIÓN INMOBILIARIA
DEL SECTOR PÚBLICO – INMOBILIAR
Considerando:
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República
mani esta que: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
e cacia, e ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
plani cación, transparencia y evaluación.”;
Que, el artículo 5 numeral 6 del Código Orgánico de
Plani cación y Finanzas Públicas, señala que: “En el
funcionamiento de los sistemas de plani cación y de
nanzas públicas se establecerán los mecanismos de
descentralización y desconcentración pertinentes, que
permitan una gestión e ciente y cercana a la población.”
Que, el artículo 84 del Código Orgánico Administrativo,
establece que: “La desconcentración es el traslado de
funciones desde el nivel central de una administración
pública hacia otros niveles jerárquicamente dependientes
de la misma, manteniendo la primera, la responsabilidad
por su ejercicio.”
Que, el artículo 98 del Código Orgánico Administrativo,
establece que: “Acto administrativo. Acto administrativo
es la declaración unilateral de voluntad, efectuada en
ejercicio de la función administrativa que produce efectos
jurídicos individuales o generales, siempre que se agote
con su cumplimiento y de forma directa. Se expedirá por
cualquier medio documental, físico o digital y quedará
constancia en el expediente administrativo.”
Que, el artículo 1 del Decreto Ejecutivo Nro. 503 de 12
de septiembre de 2018, publicado en el Registro O cial
Suplemento Nro. 335 de 26 de septiembre del 2018,
establece que: “El Servicio de Gestión Inmobiliaria del
Sector Público, INMOBILIAR, es un organismo de derecho
público, dotado de personalidad jurídica, autonomía
administrativa, operativa y nanciera y jurisdicción
nacional, con sede principal en la ciudad de Quito. Ejercerá
las facultades de rectoría, plani cación, regulación,
gestión, administración y control de los bienes del sector
público y de los bienes que disponga el ordenamiento
jurídico que incluye las potestades de disponerlos,
distribuirlos, custodiarlos, usarlos, enajenarlos, así como
disponer su egreso y baja, además de las competencias
y responsabilidades especí cas derivadas de otros
instrumentos jurídicos.”;
Que, mediante O cio Nro. SENPLADES-SGTEPBV-
2016-0032-OF, de 13 de febrero de 2016 la Secretaría
Nacional de Plani cación y Desarrollo, emitió el informe
aprobatorio a la Matriz de Competencias y Análisis de
Presencia Institucional en el Territorio...” y en donde, entre
otras unidades desconcentradas se incluye la Coordinación
Zonal 2 con una cobertura jurisdiccional de las provincias
de Napo, Pichincha, Pastaza.
Que, mediante Acuerdo No. INMOBILIAR-
ACUERDO-2014-0019 de 26 de septiembre de 2014, se
crearon la Coordinación Zonal - Zona 1 - INMOBILIAR,
con sede en la cuidad de Ibarra, Coordinación Zonal -
Zona 3 -INMOBILIAR, con sede en la ciudad de Latacunga,
Coordinación Zonal - Zona 8 - INMOBILIAR, con sede
en la ciudad de Guayaquil, como Entidades Operativas
Desconcentradas del Servicio de Gestión Inmobiliaria del
Sector Público, INMOBILIAR.
Que, mediante ACUERDO-INMOBILIAR-DGSGI-2016-
0002 de 13 de enero de 2016 se creó la Coordinación
Zonal - Zona 4 - INMOBILIAR, con sede en Montecristi
- Jaramijó, como Entidad Operativamente Descon-
centrada.
A la pub
SEPS-IG
67 y
019-016
cia de Economía Pop
a, efectuada en el Su
o O cial Nº 1 d
.............
..............
FE DE ERRATAS
blicación de las res
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SEPS-IGT-IGJ-IFMR-D
169, emitidas por
0
de Economía Popular y
ctuada en el Suplemento
Nº 1 de 22 de julio de
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